El juez de la Sección Segunda de la Audiencia, Juan José Barreiro ha condenado a Santiago Gómez Lorenzo como responsable de un delito de homicidio imprudente, aceptando las atenuantes de legítima defensa, miedo insuperable, estado de necesidad, estado pasional, confesión y reparación. Aparte de la pena de prisión de 11 meses y 15 días que el acusado ya ha cumplido el estar casi dos años en preventiva y de los 227.000 euros para indemnizar a la viuda, hijas y madre del fallecido, el magistrado absuelve al acusado de los "restantes impedimentos efectuados por las acusaciones pública y particular". La primera solicitaba en un primer momento 10 años de prisión, y tras el veredicto el fiscal informó de que su petición se reducía a 11 meses y 15 días; mientras que la defensa de la familia del fallecido solicitaba 20 años que tras el pronunciamiento del jurado popular rebajó a uno.