Esta ordenanza reguladora de las contrataciones de interinos y personal laboral temporal pondría freno al supuesto control político de los procesos selectivos que en numerosas ocasiones ha criticado la oposición provincial.

Una de las disposiciones adicionales que incluye el borrador establece que los criterios de selección de los tribunales se aplicarán también a aquellos que se constituyan para los procedimientos selectivos de personal funcionario de carrera o laboral fijo convocados con posterioridad a la entrada en vigor de la ordenanza. Si el calendario sigue su curso, el reglamento se activaría en junio.

Dichos criterios están recogidos en el artículo ocho de la ordenanza que regula que los tribunales que seleccionarán a los candidatos y propondrán los nombramientos serán estrictamente técnicos y sus miembros se elegirán por sorteo. Estarán formados por seis miembros: un presidente, cuatro vocales y un secretario que actuará con voz pero sin voto. Todos deberán ser funcionarios de carrera en ejercicio y deberán poseer una titulación académica que acredite conocimientos en las materias que se evalúan.

Excepto el secretario, que será designado por el presidente entre los funcionarios del servicio de Recursos Humanos, el resto serán elegidos por sorteo en un acto público. Dos de los vocales y el presidente del tribunal serán funcionarios de la Diputación o centros dependientes, y los otros dos vocales se elegirán entre la plantilla de otras administraciones gallegas.