La Audiencia imputa al Liceo de A Coruña por la muerte de un niño en la piscina
Los magistrados estiman el recurso presentado por los padres del menor fallecido el año pasado y extienden las responsabilidades a los propietarios y a la dirección del colegio
M. A Otero/ T. Suárez - A Coruña
La Audiencia Provincial ha decidido estimar el recurso presentado por los padres del menor fallecido en la piscina del colegio Liceo La Paz en marzo de 2009 e imputar a varios miembros de la dirección del centro por la muerte de Diego Novo. La Sección Segunda de la sala ha determinado que se investigue la responsabilidad del director, el coordinador de la actividad y los propietarios del centro en el suceso. Hasta el momento, los únicos imputados por el fallecimiento del pequeño de cuatro años eran la monitora y el socorrista de la piscina.
Sin embargo, la Audiencia Provincial ha tomado en consideración a la familia de la víctima para que se amplíe la "cadena de responsabilidades", según recoge el auto emitido por la sala. El argumento empleado por los magistrados es que, si bien el socorrista descuidó la vigilancia de la piscina durante los instantes en los que Diego Novo se rezagó del resto de alumnos y permaneció varios minutos en el fondo, esto pudo ser debido a que tuvo que hacer las tareas propias del monitor acompañando a los pequeños a los vestuarios para cambiarse. El socorrista tuvo que hacer esta labor porque la monitora, ambos ahora imputados, se ausentó para ir al baño.
"Del examen de las actuaciones parece desprenderse que de algún modo el niño se introdujo en el agua y permaneció en ella fuera del control de la monitora y del socorrista", según el auto. "Y ciertamente en el presente caso —continúa el texto— llama la atención que el socorrista de la piscina efectúe labores de monitor colocando burbujas y retirándolas y sobre todo acompañando a los niños a las duchas y entrando con ellos". De haber permanecido en su puesto, el "fatal desenlace", como lo define la Sección Segunda de la Audiencia podría no haberse producido. Con ello, sin embargo, los jueces no cargan una mayor responsabilidad al socorrista, sino que la trasladan a la persona encargada de decidir que éste tuviera que cumplir tareas ajenas a su actividad original. "De algún modo, podría haber responsabilidades de la persona a la que correspondiera asegurar que el socorrista no hiciera actividad alguna que pudiera suponer una desatención de todo el perímetro de la piscina", recoge el auto.
La respuesta de los magistrados al recurso planteado por el abogado de los padres, José Luis Gutiérrez Aranguren, extiende las críticas hacia la dirección del centro por la "falta de coordinación" demostrada entre el personal del centro durante el suceso. Los jueces recuerdan que la monitora no pasó lista cuando finalizó la actividad en la piscina y que al parecer se ausentó para ir al baño sin comunicarlo a la otra monitoras y a la socorrista.
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