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La letra pequeña de la ampliación del horario en la hostelería gallega

Un mesón de Pontevedra, en una imagen de los últimos meses Rafa Vázquez

La Xunta eliminó ayer la distinción entre restaurantes y el resto de negocios de restauración como bares, taperías y mesones igualando sus horarios de apertura, con la posibilidad de no echar el cierre hasta la una de la madrugada. Pero desde el anuncio de la medida, realizado en las últimas horas de ayer, el Gobierno gallego ha corregido algún punto y ha añadido matices que han quedado reflejados en la orden que ha publicado en el Diario Oficial de Galicia (DOG) alrededor de las 19:00. En primer lugar, la entrada en vigor se ha adelantado a esta misma noche, cuando la idea inicial era que se aplicase a partir de mañana. Se intenta, así, evitar la confusión legal y que no quede una hora muerta, entre las 23:00, cuando los locales deberían cerrar, y las 00:00, en que en teoría podrían volver a reabrir.

La nueva norma también explica las condiciones en las que estos negocios podrán extender sus horarios. La idea general es que cumplan los mismos requisitos que han asumido los negocios con licencia de restaurante: cita previa, registro de de los clientes y obligación de disponer de medidores de CO2. La Xunta remarca en su texto legal que bares, taperías y mesones podrán abrir hasta la 1:00 horas "exclusivamente para el servicio de cenas". Otra cuestión es cómo van a controlar las autoridades este sinuoso extremo. En todo caso, el Gobierno gallego será más cauteloso que en otras ocasiones en las que implantó nuevas medidas de desescalada; esta vez se da una semana para revisar su validez, cuando habitualmente la vigencia es de 15 días.

Requisitos

Aunque el cierre sea a la 1, los clientes podrán acceder solo hasta las 00:00, a partir de esa hora no se puede atender a nuevos usuarios, solo a los que ya estén dentro. En cambio, la recogida en el local y la entrega a domicilio sí que se benefician del máximo horario posible. "En todo caso, se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados mantengan la distancia de seguridad establecida", puntualiza la orden.

Las condiciones para esta reapertura quedan así recogidas en la orden:

  1. La gestión de la ocupación de las mesas para el servicio de cena deberá realizarse con reserva o cita previa.
  2. Con el fin de facilitar el seguimiento de los contactos en caso de casos positivos de COVID-19, se llevará un registro de clientes del servicio de cena, que incluya nombre, apellidos y teléfono. El responsable del establecimiento estará obligado a conservarlo durante al menos un mes después, con los datos de contacto a disposición de las autoridades sanitarias y cumpliendo con la normativa de protección de datos personales.
  3. Se garantizará la correcta ventilación del local, que será objetivada mediante el uso de dispositivos de medición de CO2, los cuales deberán contar con una pantalla que muestre los niveles de CO2 en tiempo real en un área visible para los usuarios. Estos dispositivos deben llevar la marca CE.

La ubicación del medidor debe cumplir con las instrucciones técnicas aplicables y tener en cuenta el tamaño y la forma del espacio, sus entradas de aire y el flujo de ventilación. No deben colocarse cerca de ventanas, puertas u otros puntos de ventilación. En el caso de los sistemas de ventilación mecánica, debe asegurarse en todos los casos el nivel de CO2 interior y el personal calificado documentará el correcto mantenimiento y las acciones tomadas. En casos de ventilación tanto natural como mecánica o mixta, no se deberá superar una concentración de 800 p.p.m de CO2 y será responsabilidad del local tomar las medidas necesarias de renovación de aire para que no se supere la cifra indicada.

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