La Audiencia de Pontevedra inició hoy el juicio por el conocido como crimen de la desbrozadora en A Cañiza. En el banquillo se sienta José Luis Vieitez Alonso, acusado de dos delitos de asesinato, uno en grado de tentativa, por la muerte de su vecino José Carlos Álvarez Estévez y las graves heridas que causó con la máquina rozadora a la hija de este Jéssica, el 17 de junio de 2017.

Sin embargo, la práctica totalidad de la jornada de hoy se empleó en la selección del jurado popular que emitirá un veredicto en este caso, por lo que la vista oral se inició pero tan solo para escuchar los posicionamientos previos de las partes respecto a este juicio. Así, mañana se retomará la sesión ya con la declaración del acusado y del resto de testigos. Hoy, por lo tanto, tan solo se pudo escuchar el posicionamiento de las partes, comenzando por el fiscal, que solicita dos penas de doce y seis años de prisión para el acusado por dos delitos de asesinato, uno en grado de tentativa; y quien señala que a pesar de que el acusado se debe aplicar una atenuante por que el estado mental que presentaba afectaba parcialmente a su capacidad volitiva, no lo suficiente para que se le tenga en cuenta como una eximente completa. Por ello rebaja ya la petición de pena por asesinato a 12 y 6 años respectivamente.

No lo cree así la defensa, quien planteará que el acusado actuó bajo un "pánico" insuperable hacia sus vecinos, a quien acusó de "hostigar y amenazar", haciendo "la vida imposible", a su cliente, en reiteradas ocasiones. El fiscal descarta esta posibilidad de "miedo insuperable" en un acusado que "persiguió durante varios metros con la desbrozadora" a José Carlos Álvarez, antes de rematarlo en el suelo tras seccionarle previamente la nariz con la máquina y tras atacar a su hija. La defensa también plantea las atenuantes de confesión y alcoholismo.

Una hija a la que la acusación particular, que ejerce la familia de las víctimas, asegura que el acusado no mató de "milagro" ante las heridas que le causó con la desbrozadora. La acusación particular, que solicita que se le impongan al acusado unas condenas de 25 y 15 años menos un día de prisión por estos dos delitos, sostiene que el procesado no presentaba ninguna alteración psíquica, que se "ensañó" con las víctimas y que "era plenamente consciente de lo que estaba haciendo".