Rocío Gondar, condenada junto a Albertina Táboas por el asesinato del octogenario de Poio Secundino Prego Amil en febrero de 2014, alegó ayer que sufría un trastorno psiquiátrico que provocaría que no sea imputable por lo que su letrado pide que se retrotraigan las actuaciones al momento en el que se le debió practicar una prueba psiquiátrica. Un análisis que el letrado de la defensa, Juan Carlos Janeiro, considera fundamental para conocer el alcance real de un trastorno que, según el abogado, podría hacerla inimputable. Por su parte, la otra condenada, Albertina Táboas, no ha apelado contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra que la condenaba a 22 años de prisión. En el caso de Rocío Gondar, la pena impuesta fue de 20 años y seis meses.

La sala de lo civil y de lo penal del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) acogió ayer la vista de apelación contra el veredicto del jurado, emitido el pasado mes de abril, que las consideró culpables de acabar a golpes con la vida del hombre al que cuidaban para heredar sus bienes. Días antes, el octogenario había modificado su testamento en favor de Albertina Táboas.

El abogado que defiende a Rocío Gondar reiteró ayer durante la vista de apelación que durante la fase de instrucción se rechazó esta prueba psiquiátrica que resultaría clave para analizar su posible imputabilidad.

Según el abogado, la mujer fue diagnosticada en prisión de un trastorno límite de personalidad y de un trastorno histriónico de personalidad, por lo que el derecho de defensa quedó vulnerado previamente cuando la Audiencia provincial de Pontevedra no aceptó una prueba pericial psiquiátrica. Según el abogado, lo que se realizó fue una simple ampliación del informe psiquiátrico inicial realizado por el Imelga sin que para la realización de esta prueba ampliatoria se hubiera llevado a cabo una entrevista personal con la acusada.

Para el letrado, hay contradicciones entre el informe del Instituto de medicina legal de Galicia y el efectuado en prisión, por lo que su cliente debió ser sometida a este examen en profundidad.

Durante su alegato, el letrado defendió que el jurado obvió el trastorno de personalidad de la condenada y también el "miedo insuperable" que dice que padeció, que la haría inimputable.

El abogado observó que no hubo "pruebas fundamentales" y ha pedido "un nuevo veredicto o su inimputabilidad por trastorno de la personalidad", aunque, en todo caso, también valora la posibilidad de "atenuantes".

La Fiscalía, en cambio, ha pedido la confirmación de la sentencia que considera "bien estructurada" y con una "exposición clara" de los hechos que acabaron con la vida de este vecino de Chancelas de 84 años.

En opinión del Ministerio Público, se hicieron "todas las pruebas" y el jurado tuvo en cuenta un informe pericial que aludía a un trastorno de la personalidad, "pero no límite".

El mismo jurado opinó que no estaba probado que hubiera habido "miedo insuperable" y la Fiscalía defiende que se mantenga la condena inicial.

Confesó

Rocío Gondar fue la única de las dos acusadas que confesó los hechos. Primero en sede de la Guardia Civil y volvió a hacerlo ante el jurado popular en el juicio que se celebró en la Audiencia Provincial, Entonces ya alegó que había sufrido un "miedo insuperable". Ambas trabajaban para el octogenario cuidándolo, lo esperaron en su domicilio cuando regresaba de pasar la tarde en una discoteca y acabaron con su vida a golpes. Según explicó, primero utilizaron una sartén, después del bastón del propio jubilado y finalmente una piedra. Luego habrían fingido que la vivienda había sido objeto de un robo por parte de unos asaltantes para tratar de ocultar la autoría de los hechos.