En la provincia con la edad media más elevada de España y casi un tercio de la población por encima de los 65 años, las declaraciones de incapacidad se disparan. Es una resolución judicial que, con el fin de evitar la desprotección de una persona, restringe derechos como conducir, el lugar en el que se vive, la administración de bienes, el derecho de armas o incluso el voto. Entre 2017 y lo que ha transcurrido de este año la Fiscalía ha presentado demandas de incapacidad para restringir en algún grado, o al completo, los derechos de más de 1.300 ourensanos a quienes la pérdida de facultades, fundamentalmente por una enfermedad neurodegenerativa o un deterioro cognitivo relacionado con la edad -aunque también se vela por que jóvenes con trastornos mentales no dilapiden sus bienes o sean engañados-, los sitúa en riesgo de desamparo. Los médicos forenses son los encargados de evaluar el estado de la persona, para que el juzgado determine qué limitación aplica. En 2017 y 2016, según la memoria del Instituto de Medicina Legal (Imelga), estos profesionales valoraron exactamente un millar de incapacitaciones en la provincia. En el mismo periodo evaluaron una media de 355 internamientos en residencias cada año, lo que supone unas 30 al mes. De las siete grandes ciudades de Galicia, en Ourense es donde más ingresos judiciales en geriátricos se adoptan, de acuerdo a datos de 2017.

"El envejecimiento, que por una parte es positivo por lo que supone de aumento de la esperanza de vida, por otro lado es un problema social, sanitario y jurídico grave en Ourense, desde el punto de vista de las incapacidades", afirma el responsable provincial del Imelga, el forense Julio Jiménez. Esta semana, tras entregar la última memoria del ministerio público al presidente del Parlamento, el fiscal superior de Galicia, Fernando Suanzes, llamó la atención sobre la evolución al alza de los expedientes de incapacidad en los últimos años, por lo que pidió estar "especialmente vigilantes" para garantizar la protección de los mayores.

En España rige desde hace una década la Convención Internacional de la Organización de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, firmada en Nueva York en el año 2006. El texto, ratificado por España el 3 de mayo de 2008, establece el respeto de la dignidad y autonomía personal, la no discriminación, la inclusión plena y efectiva, la aceptación de personas con discapacidad como parte de la diversidad humana, o la igualdad de oportunidades.

La Fiscalía General ha suscrito un convenio con Cruz Roja. Aprovechando el alcance de su red asistencial, la oenegé "comunicará los casos de personas en situación vulnerable, para que podamos iniciar un mecanismo de protección", explica Elena Oviedo, encargada junto a Eva Regueiro de la sección de personas con discapacidad de la Fiscalía de Ourense.

"Cada año hay muchos más casos. Cerramos 2017 con entre 660 y 670 diligencias, y a 1 de noviembre de este año ya vamos por el asunto número 684. Es decir, en diez meses ya hemos registrado más que todo el año pasado. Es previsible que continúe aumentando porque, además, en Ourense hay muchas residencias. Notamos que, sobre todo este año, están derivando a mucha gente a través de conciertos para plazas de emergencia social, porque en otras provincias no hay tantas plazas", dice la fiscal civilista. El forense lo comparte.

Internamiento e incapacidad son figuras independientes, que pueden darse a la vez, sucederse o no. Según la estadística de la Consellería de Politíca Social, Ourense dispone de 78 residencias para mayores -esta cifra no incluye otros recursos, como los centros de día-, así como 16 alojamientos para personas con algún tipo de discapacidad. Desde la entrada de la demanda en Fiscalía hasta la declaración de incapacidad suelen transcurrir meses, aunque la justicia puede decretar un internamiento como medida cautelar de protección.

El progresivo aumento de la edad media de la población dispara la demanda de las plazas geriátricas, de manera que no siempre quedan vacantes en centros próximos al medio en el que la persona hizo su vida o tiene algún familiar. "Con algunas personas se produce un problema de desarraigo de su entorno. El propio hospital tiene problemas a veces para encontrar un geriátrico para personas que han ingresado por problemas físicos o mentales, debiendo recurrir a la vía de urgencia", subraya el médico legal. "Ni la Fiscalía ni el juzgado tenemos potestad para decir dónde hay que ingresar a una persona, es la administración la que organiza los recursos", dice Elena Oviedo.

"Una persona que ha sufrido un deterioro pero cuenta con apoyo familiar, una casa sin barreras o vive con algún pariente, no tiene el problema de aquellas que viven solas y a las que les falta la ayuda de personas cercanas, por lo que la única vía que queda es un internamiento geriátrico", indica el forense. "Hay gente mayor con limitaciones físicas que está en su medio y no quiere ingresar en una residencia, prefiere vivir sola. Es un problema social y jurídico", expone. Los ingresos no voluntarios se someten al control judicial, al suponer una restricción de derechos que, en estos casos, busca proteger.

Un familiar, la residencia -aquí el trámite es más rápido, al encontrarse la persona ya internada-, así como los servicios sociales del ayuntamiento o cualquiera que conozca la vulnerabilidad de otro puede acudir a la Fiscalía para que se evalúe una posible incapacitación. Es un procedimiento en el que participan el forense, peritos y testigos, y en el que se designa a la figura de referencia de la persona: un tutor o un curador. Este último solo actúa en determinados actos en los que la persona necesita que lo avale, sobre todo en asuntos económicos, mientras que el primero suple la voluntad del incapaz.

El tutor puede ser un particular, o bien la Fundación Pública Galega para a Tutela de Personas Adultas (Funga). En la mayoría de casos ejerce un familiar, la figura preferente que establece el Código Civil. Aunque también puede actuar otro allegado, un gestor o quien hubiera determinado previamente la persona en un poder notarial. El tutor adopta decisiones totales o parciales, según el grado de incapacidad que establezca el juzgado a partir del estudio del forense. Desde un ingreso o un posible cambio de residencia de la persona -una incapacidad no implica un internamiento-, a un mero control de operaciones económicas por encima de determinadas cantidades. No es necesaria para garantizar la toma de medicación, puesto que la Ley de Autonomía del Paciente ya regula la potestad del familiar de referencia.

El derecho al voto

¿Se restringe el derecho a voto a toda persona declarada incapaz? "La incapacidad no tiene por qué ser global, la general sí suele afectar al voto, pero a veces hacemos hincapié en respetar el derecho", responde el forense. La fiscal dice que "normalmente, las declaraciones de incapacidad son completas, porque la gran mayoría son personas mayores. En sentencia el voto suele excluirse. A lo mejor no conserva la capacidad para manejar sus cuentas y sí tiene claras sus preferencias políticas, pero si no puede manejar la medicación, o saber en qué día vive, tampoco votar".

La restricción viene determinada por el estado cognitivo y su evolución a lo largo del caso. "No se incapacita a todo el mundo, debe existir un deterioro valorado por el médico y una situación de desprotección, como por ejemplo que la persona carezca de familia, o sí la tenga pero exista un enfrentamiento sobre quién se hace cargo. Si los parientes se preocupan y atienden a la persona no se incapacita, salvo si es necesaria la firma de esa persona para determinadas gestiones patrimoniales importantes, como una herencia", explica la fiscal.