Una de las cuestiones que se recogen en las alegaciones complementarias presentadas, está relacionada con la aprobación de las bases para la cobertura de 6 plazas de policía local que ahora se están impugnando, es que el decreto de la Concejalía de Recursos Humanos del Concello se produce tres días después de la emisión del reparo de intervención y de su conocimiento por parte de su titular, por lo que es conocedora de "observaciones relevasen" que no se incluyeron en el expediente remitido al juzgado.

Una cuestión sobre la que se pronunció el magistrado del Contencioso Administrativo nº1 en el caso de las jefaturas de servicio del concello; sentencia en la que deja patente que "debe reprobarse su ocultación mediante la exclusión del expediente del mencionado reparo", y aunque en ese caso no determina en sí las resoluciones impugnadas, en el futuro podría provocar consecuencias disciplinarias o de otro tio", como adelantó en su edición de ayer FARO.

Es por eso que por parte del letrado del sindicato SPPME se esgima este fundamento para añuntalar la desviación de poder en la actución del goibenro municipal.