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Intervenidas las comunicaciones orales y escritas de Sinaí Giménez en el penal de Villabona

La prisión alega razones de seguridad "al hallarse vinculado a organizaciones delictivas internacionales dedicadas al narcotráfico"

La dirección del Centro Penitenciario de Villabona, en Asturias, comunicó al titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Cangas, David Pérez Laya, la intervención de las comunicaciones escritas y orales durante seis meses del autoproclamado príncipe de los gitanos gallegos y líder de clan de los Morones, Sinaí Giménez, que permanece ingresado en el citado penal desde el mes de abril tras su detención en relación a una presunta trama de extorsión en mercadillos. Por su parte, David Pérez Laya también denegó la libertad provisional para sus hermanos Juan Paulo Giménez y Saúl Giménez. El primero está interno en el penal coruñés de Teixeiro y el segundo en el de Monterroso, en Lugo.

Fue ya el pasado día 28 de octubre cuando la dirección del Centro Penitenciario de Villabona acordó la intervención de las comunicaciones orales y escritas de Sinaí Giménez. Afirma que adopta esta medida "por razones de seguridad, por cuanto se halla vinculado a organizaciones delictivas de carácter internacional dedicadas al narcotráfico o actividades delictivas complementarias o conexas por lo que pueden existir riesgos evidentes de utilización de las comunicaciones como vía de transmisión tanto del personal trabajador del centro como de las instalaciones del mismo, que pueden poner en peligro tanto la seguridad del centro, como las de las personas que acuden al mismo, así como la de los propios trabajadores. Por interés del tratamiento, ya que a través de las comunicaciones puede recibir o enviar consignas para la adopción de las medidas de presión tanto sobre las autoridades penitenciarias como de los internos vinculados o presuntamente relacionados con la misma organización y que desearía acogerse a medidas de reinserción y desvincularse de toda organización delictiva". Sostiene la dirección del Centro Penitenciario de Villabona que esta medida no supone que se interrumpan las comunicaciones entre el interno Sinaí Giménez y su abogado defensor.

Llamadas anónimas

Tanto el abogado de los gitanos zamoranos, Alfredo Iglesias, como el Ministerio Fiscal se opusieron a la solicitud de libertad provisional para a Juan Paulo Giménez y Saúl Giménez. Asegura el juez instructora que "las declaraciones testificales vertidas hasta el momento no han hecho sino confirmar los indicios recogidos en el auto de admisión de la querella y en concreto el gran temor que manifiestan los perjudicados, temor que parece que atiende a razones reales, teniendo en cuenta las amenazas y extorsiones sufridas en el pasado por parte de Sinaí Giménez y de sus dos hermanos. De hecho, esta situación, según dicen algunos testigos, continúa con llamadas anónimas, que sin duda parece, de ser ciertas, proceden del entorno de los hermanos Giménez". Afirma el juez que, además, la libertad del investigado Juan Paulo, teniendo en cuenta la gravedad de los delitos investigados, existen riesgo de fuga y además indica que no se le conoce otra actividad distinta a la que ejercía en los mercadillos de la provincia de Pontevedra, en alusión al delito de extorsión que se le imputa. No se oculta que una posible libertad podría influir en los denominados gitanos zamoranos y otros testigos de cara a su declaración en fase de instrucción o en la fase de juicio oral, "ya que no todos los testigos propuestos en la querella inicial declararon".

El Fiscal hace referencia que testigos protegidos señalan que siguen recibiendo amenazas por montar un puesto, que les llaman con número oculto a los móviles. "No dicen quién es pero le dicen que como les pase algo a los hijos del morón, a los hijos de Flora pagarán las consecuencias", asegura el testigo protegido número 8, mientras que el número 9 hace referencia a que "desde que Sinaí Giménez y sus hermanos están en prisión han recibido amenazas indirectas". El Ministerio Fiscal entiende que la puesta en libertad de Juan Paulo supondría un peligro para las víctimas de los delitos.

El fiscal recuerda los delitos que se les imputa: pertenencia a una organización criminal, extorsión, amenazas, coacciones, tenencia ilícita de armas, delito contra la seguridad social, blanqueo de capitales y receptación.

El letrado de los testigos protegidos también se opuso a la libertad provisional de los hermanos de Sinaí Giménez y recuerda que si bien no fue contrario a la libertad provisional de Marino Giménez, tuvo su base en la presunción del delicado estado de salud del mismo, pero que su escrito de no oposición fue formalizado antes de haber tenido conocimiento del informe médico forense, porque una vez conocido se habría opuesto, incluso se plantea la posibilidad de recurrir la libertad provisional de Marino Giménez. "Las conclusiones médico legales no determinan indubitadamente que Marino Giménez necesitase salir del Centro Penitenciario para la supervisión y control de su enfermedad: obesidad mórbida. Y así lo parece, pues a las 24 hora de haber obtenido la libertad ya protagonizó una estentórea exhibición personal en las terrazas de las cafeterías de Tui.

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