El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 2 de Lalín desestima la demanda que interpuso el año pasado el alcalde, Manuel Cuíña, contra el portavoz del PP, Ignacio Maril, por una presunta intromisión ilegítima al derecho al honor. El regidor pedía una indemnización de 45.000 euros, y tras conocerse este fallo en contra, hay la posibilidad de presentar un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.

La vista oral de este proceso tuvo lugar el pasado día 30. La sentencia recoge que Cuíña tilda de calumniosos e injuriosos diversos comentarios que hizo Maril entre noviembre de 2018 y febrero de 2019 sobre diversas gestiones del gobierno socialista: la concesión de licencias municipales de obras, la tramitación del 50% de bonificación del IBI a las granjas que comparten la misma referencia catastral con las viviendas y que están afectadas por el catastrazo y, por último, la adjudicación de diversas obras.

Sobre las licencias de obras, Maril cuestionó que se concediesen por decreto los permisos tanto para una piscina del propio alcalde como para una granja del edil Klaus Brey. Maril comentó en su momento que "eran muy urgentes y tenemos que pensar que estaban subvencionadas" añadiendo que se trataban de "una auténtica cacicada". El fallo judicial apunta que no hay ningún insulto ni ataque personal en estas declaraciones. Deja claro que sí se alteró el procedimiento habitual de concesión de licencias, ya que entre enero de 2016 y octubre de 2018 se concedieron 85 licencias de obra mayor, de las que solo cuatro fueron por decreto alcalde, y dos de ellas son las mencionadas. Apunta que si el plazo medio de espera suele ser de 150,09 días, en el caso de la piscina la licencia se concedió en solo 23. Añade la sentencia que "cualquier persona puede pensar que esa concesión es una cacicada" y deja claro que . El fallo no entra a cuestionar la legalidad de las concesión de estas licencias por decreto.

En relación a las expresiones referidas a la modificación del texto de la ordenanza del IBI, Maril había criticado que se remitiese al BOP habiendo una alegación y que podía derivar en una falsedad en documento público. Aquí la sentencia aclara que en ningún momento se identificó al alcalde como autor de esa falsedad.

Por último, en cuanto a las adjudicaciones de obras a Endenor y Fernando Pena, que en su momento montó una sociedad junto a Brey y el hijo de Manuel Cuíña, Maril siguió "sin usar expresiones insultantes o vejatorias ajenas a la crítica política". Sobre la adjudicación de la obra de Chousa Nova, hubo un retraso en el envío de la oferta pública por olvido del entonces secretario. Maril aprovechó esta situación para decir que el gobierno restringía la publicidad de la obra. Para el juez, son "expresiones que, por oportunistas, exageradas o ásperas, son las habituales en la crítica política y que se encuentran dentro de los límites de la libertad de expresión".