En el ámbito económico, la sentencia de la Audiencia de Pontevedra considera probado que "Orden y Mandato de San Miguel Arcángel" se financiaba y atendía a su mantenimiento y necesidades primarias fundamentalmente a partir del pago voluntario de cuotas por parte de los miembros, en una cuantía no exactamente determinada, de unos 15 o 20 euros, así como de donaciones voluntarias que no consta que atendiesen a otra finalidad distinta ni que se incorporasen al patrimonio del acusado, Feliciano Miguel Rosendo. Éste desempeñaba su actividad laboral en diversas herboristerías de la ciudad de Vigo, donde a partir del año 1997 decide fundar una asociación cristiana dedicada a la animación litúrgica de las eucaristía por medio de un coro y a las representaciones teatrales de carácter religioso.

Tal idea se fue fraguando en las reuniones, de asistencia voluntaria, que se celebraban a la finalización del horario comercial y en las que se impartían charlas sobre temas religiosos, se trataban problemas personales y se concertaban diversas actividades, sin que conste se seleccionase a los asistentes ni que se utilizasen por el acusado técnicas de adoctrinamiento engañosas o de deformación de la realidad como señuelo, según establece el fallo de la Audiencia.

Posteriormente el grupo fue creciendo y constituyó una asociación privada de fieles, inicialmente reconocida por la diócesis de Tui-Vigo. Esta tuvo conocimiento de unas supuestas "irregularidades" en diciembre de 2012 y para comprobar su veracidad nombró a un visitador canónico. La Iglesia se basó en el informe de este visitador canónico para apartar cautelarmente a Miguel Rosendo por su "conducta moral", y después de retirar su apoyo a esta organización hizo lo mismo con la Voz de Serviam, nombre con el que se establecieron en Madrid. Miguel Rosendo fue detenido en 2014 en la localidad madrileña de Collado Villalba tras registrar la Guardia Civil la vivienda en la que habitaba. El pasado 30 de noviembre concluía el juicio en la Audiencia de Pontevedra.