Condenado a 5 años de cárcel por herir a dos jóvenes con un puño americano

La pelea ocurrió en Ourense en agosto de 2021, en una noche de ocio

Despliegue policial en una noche de ocio, en 2021.

Despliegue policial en una noche de ocio, en 2021. / F. CASANOVA

J. F.

Un veinteañero ha sido condenado a 5 años de prisión por dos delitos de lesiones y otro de tenencia ilícita de armas, por haber agredido a dos jóvenes en Ourense con un puño americano, la madrugada del 22 de agosto de 2021. En el juicio, el acusado negó los hechos y la Fiscalía solicitaba una condena de 8 años. La sentencia, dictada por la jueza del Penal Número 1 Mónica Fernández, no es firme y admite recurso de apelación a la Audiencia Provincial.

La autoridad considera probado que el encausado golpeó a las dos víctimas en la cabeza con un puño americano, que está considerada un arma prohibida. Los perjudicados sufrieron heridas inciso contusas y les han quedado cicatrices. La sentencia fija el pago de una indemnización a cada una de las víctimas: 434,99 euros para uno y 2.434,99 euros para el otro.

Tres personas lo señalan

En la vista, el encausado aseguró que no fue el autor de las agresiones y que no estaba en Ourense cuando ocurrieron los hechos, sobre las 3.30. Además, dijo que no tiene ningún puño americano, pero además de ser investigado como sospechoso a partir de fotografías en las redes sociales, fue identificado por las víctimas, tanto en imágenes mostradas por la Policía como el día del juicio, sin ninguna duda, cuando se giraron y miraron al banquillo. Una amiga de los heridos también identificó al acusado como el responsable de la agresión.

La jueza considera que la declaración del investigado “no resulta convincente para desvirtuar la versión de los hechos que ofrecen los lesionados”, cuyos testimonios son “corroborados” por testigos. La autoridad también alude a la “contundencia” en la identificación del acusado por parte de las víctimas y la testigo. La versión de los perjudicados “goza de coherencia y no se aprecia ninguna contradicción”, recoge la sentencia.