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Una demanda tramitada por CC OO logra el fallo favorable del Tribunal Constitucional

La sentencia admite el recurso interpuesto por la asesoría jurídica del sindicato en Ourense y declara el derecho de los interinos a permutar sus puestos de trabajo

Una demanda tramitada por CC OO logra el fallo favorable del Tribunal Constitucional

La asesoría jurídica del sindicato Comisiones Obreras en Ourense ha conseguido que el Tribunal Constitucional reconozca el derecho del personal temporal de la administración a permutar sus puestos de trabajo, lo que implica un nuevo avance en la equiparación de las condiciones de este colectivo respecto a los trabajadores fijos. Representa además un logro para el servicio jurídico del sindicato y el trabajo de los letrados Pablo Guntiñas y Natalia Iglesias, ya que, entre otras cuestiones, el fallo "reconoce el alcance que tiene el derecho a la conciliación de la vida personal y familiar, como un contenido implícito en el derecho a la igualdad", señala CC OO.

La sentencia de 18 de diciembre del TC estimó el recurso presentado por el letrado Pablo Guntiñas en defensa de la petición de dos trabajadoras interinas de la Xunta que solicitaban intercambiar sus puestos de trabajo. Ambas desempeñan el mismo puesto de trabajo como psicólogas de la Consellería de Política Social en las jefaturas territoriales de Lugo y Ourense, pero con la particularidad de que la que tiene domicilio en Lugo trabaja en Ourense y la que vive en Ourense (O Carballiño) trabaja en Lugo.

De común acuerdo, en octubre de 2013 solicitaron la permuta de los respectivos puestos de trabajo, alegando las dificultades para conciliar su vida laboral y familiar y el esfuerzo que suponía para ambas tener que hacer el viaje a la inversa cada día.

La petición fue rechazada por la Xunta en base a que las solicitantes no tenían la condición de personal laboral fijo de la Xunta de Galicia, por lo que no podían acogerse al artículo 17 del convenio colectivo único que establece la posibilidad de conceder permutas o rotación de puestos entre trabajadores que ostenten la condición de personal fijo cuando, entre otros requisitos, tengan idénticas categorías profesionales.

Ante la negativa, las trabajadoras plantearon la correspondiente demanda y el Juzgado de lo Social 2 de Ourense falló en marzo de 2014 a su favor, declarando el derecho de las actoras a la permuta de sus puestos "al entender que la normativa convencional debería interpretarse a la luz de la normativa comunitaria que proscribe diferencias de trato injustificadas entre personal fijo y temporal", explica el sindicato. Sin embargo, dicha sentencia fue revocada por la dictada por el TSXG en octubre de 2015.

La trabajadoras formularon demanda de amparo y el Tribunal Constitucional ha declarado en su fallo la vulneración del derecho a la igualdad reconocido en el artículo 14 de la Constitución. Esta resolución deja sin efecto la sentencia del TSXG y ratifica la decisión inicial del Juzgado de lo Social de Ourense que, señala el sindicato, "reconocía como discriminatorio el artículo del convenio que solo daba derecho a permutar al personal fijo".

Tal y como recoge la sentencia, el Tribunal Constitucional se había pronunciado ya respecto a la diferencia entre trabajadores temporales y trabajadores fijos en materias como el acceso a un sistema de previsión social, duración del subsidio por desempleo, régimen salarial o excedencia de una trabajadora interina, pero no sobre este asunto "que se refiere a una faceta del derecho fundamental a la igualdad sobre la que no hay doctrina fijada por ese tribunal", explica CC OO.

A partir de esta sentencia, el sindicato emplaza a "garantizar y regularizar la precaria situación del personal temporal en la administración autonómica". En este sentido, señala que este fallo del TC "demuestra la urgente necesidad de avanzar en la negociación colectiva en el ámbito de las administraciones públicas". Recuerdan que existen recientes sentencias del Tribunal Europeo sobre "discriminaciones de derechos del personal temporal" que, junto con este nuevo pronunciamiento del TC, "le están dando un varapalo tras otro a la actual regulación".

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