Más de 3.500 viviendas de Ourense están vacías. Son aquellas en las que residían otros tantos mayores, internados ahora en geriátricos de la provincia y que aumentan cada año, según los datos del Instituto Nacional de Estadística, el número de viviendas vacías tantos en el rural del Concello como en el municipio.

A ellos se suman otro número, difícil de cuantificar, integrado por abuelos y abuelas de la provincia que viven con sus hijos u otros familiares. Cuando estos mayores fallezcan, las viviendas vacías serán un legado por el que sus herederos tendrán que pagar muhas veces, de acuerdo a la normativa tributaria en vigor, unos importantes impuestos de sucesiones, difíciles en muchos casos de asumir hasta ahora, para esos herederos legales que se encuentran en muchos casos con un patrimonio inmueble, sobre en todo en el rural, con un valor incluso inferior a la carga tributaria que se le exige. Esto podría cambiar.

Vivir al cuidado de otros

El Parlamento gallego acaba de aprobar este mismo mes por unanimidad una proposición no de ley, presentada por el Grupo Popular, transaccionado con el resto de los grupos parlamentarios, a través de la que se insta a la Xunta de Galicia para que modifique la legislación vigente en materia de tributos cedidos, para que la aplicación de la reducción por "transmisión mortis causa" de la vivienda habitual , pueda aplicarse cuando puede avalarse que el fallecido había dejado de residir desde tiempo atrás n esa vivienda deja de residir efectivamente en ella para trasladarse a otra por razones médicas o para procurar su asistencia o cuidado.

Esta proposición no de ley que Grupo Popular ha consensuado con el PSOE el BNG pretende que la Xunta realice esta modificación en el marco de las competencias que tiene Comunidad Autónoma de Galicia, del apartado tres del artículo 7 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma en materia de tributos cedidos por la Administración General del Estado, aprobado por el Decreto legislativo 1/2011 del 28 de julio.

Si esta propuesta que tiene ya desde mediados de marzo este apoyo de todos los grupos saliese adelante, el cambio permitirá que los herederos legales puedan beneficiarse de deducciones en ese tributo de sucesiones cuando se demuestre que efectivamente la persona que le legó esa vivienda vivía en un centro asistencial por razones médicas o para procurar su asistencia y cuidado de hasta el lo 95 y el 100 por ciento en el impuesto de sucesiones cuando la vivienda habitual Para ello el heredero de esa vivienda habitual deben ser los hijos del finado o finada, el cónyuge, padres o familiares directos.

Los partidos piden equidad

Pedro Puy, portavoz del grupo popular en el Parlamento de Galicia explicó que este problema se produce en Galicia cuando la persona que provoca la herencia no reside en su casa habitual y los herederos, cuando van a liquidar el impuesto de sucesiones, se encuentran que la Administración tributaria considera que esa vivienda no es la habitual y no les aplican la reducción en el citado tributo.

Los distintos grupos convienen en que "por razones de equidad, lógica y sentido". De otro modo al dolor de la pérdida de un ser querido se están sumando en la provincia más envjecida de Galicia situaciones extremas en familias para las que el legado se convierte en carga tributaria inasumible, máxime en una época en el que muchos de esos pisos, fincas o casas ruales se han devaludado enormemente su valor de venta en el mercado inmobiliario.