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Meira cedió la capitalidad a Moaña en 1874

Durante un tiempo de nueve siglos el coto de Meira tuvo Ayuntamiento propio

Placa de la Praza da Constitución. 1837. Posiblemente colocada el 9 de julio en O Pazo Redondo, en conmemoración de la Constitución de 1837 | // ARQUIVO DO AUTOR

Casa donde dicen que estuvo la primeiro casa consistorial. O Pazo Redondo. | // FDV

Acta de la Deputación de 6-11-1874, autorizando el traslado de la capitalidad de Meira para Moaña | // ARQUIVO DO AUTOR

Coto de Meira y jurisdicción de Cangas en el XVIII (Rio Barja) | // FDV

O Pazo Redondo (O Pombal. Meira). | // FDV

Escudo de Meira. Miguel A. Pereira (Deputación de Pontevedra) | // FDV

Segundo escudo de Meira. Miguel A. Pereira Figueroa (Deputación PO). | // FDV

Sello del Ayuntamiendo de Moaña a partir de 1874. Miguel A. Pereira Figueroa (Deputación PO).

Partido Judicial de PO. Propuesta de 1º de octubre de 1835 según Fariña Jamardo.

Partido Judicial de PO. Propuesta de 3 de junio de 1836. según Fariña Jamardo.

Rúbrica de Francisco Vidal. Alcalde xurisdicional de Meira en 1753.

Placa de la Plaza de la Constitución. 1837. O Pazo Redondo

El Concejo era precario, había un juez-alcalde

Era Santa Eulalia de Meira dominio de la Casa de Valladares (como la torre de Bueu), y ella ponía los cargos municipales para el ámbito político y tenía la justicia civil y criminal. Le pagaban los vecinos por derecho de vasallaje “suelo de casa”. La llamada luctuosa, mejor “alhaja” que poseían a la hora de su muerte; entiéndase ganado, muebles, etcétera, que se estimaba a mediados del siglo XVIII en 3,5 reales a “cada uno que se halla medianamente acomodado”, y los pobres 1,5 rs. cada año (total 250 reales de beneficio). También cobraba esa y el laudemio “parte del precio de venta” el duque de Sotomayor y el priorato de Rande (convento de Armenteira). El diezmo o décima parte de la cosecha se la llevaba el párroco, el priorato de Ermelo (del monasterio de San Xoan de Poio) y la Universidad de Santiago (total 3.060 reales de beneficio al año)

El débil rey Carlos II, creó el 2 de diciembre de 1669 el Vizcondado de Meira, concedido (Real Despacho 21/7/1670) a don Diego Sarmiento para su sobrino don Luis Sarmiento Valladares Meira Arines Troncoso, señor de lo que es hoy el pazo Quiñones de León, y Caballero de la Orden de Santiago. Aquel, eclesiástico, era hombre de mucha confianza del monarca y ocupó varios primerísimos cargos: Inquisidor Supremo, Consejero de Castilla, Obispo de Oviedo y luego Palencia. Era un hombre de gran peso en su época. Se le redondeó con la concesión al segundo del marquesado de Valladares en 1673.

El Concejo de Meira era bastante precario. Había un juez-alcalde, que en 1753 era Francisco Vidal, 47 años, labrador-ganadero muy acomodado y vecino de la aldea de Vilanova (?) y contaba solo con un auxiliar o “ministro” (Gonzalo Piñeiro, tejedor, de mediano pasar económicamente). Mandaban los agricultores pudientes. La planta municipal es mínima, en consonancia con su limitada entidad.

Según el catastro mandado realizar por el ministro marqués de la Ensenada en 1753 contaba con unos 200 vecinos (800/900 habitantes). Muestra una parroquia muy rural, con productos agrícolas del país, todo tipo de ganado y 11 molinos. Además había 41 artesanos, de los que 26 eran tejedores pues abundaba el lino. Pobres: 10, y jornaleros: 3. Dos barcos de transporte y carga, de tres dueños cada uno (Mariana do Pazo llevaba una parte en dos) y 3 marineros.

Por el Decreto de 6 de agosto de 1811 de las Cortes liberales de Cádiz, quedaron incorporados a la Nación todos los señoríos jurisdiccionales. Desde ahí los Valladares dejaron de enseñorear Meira.

Como ya se ha escrito en estas páginas la Constitución de Cádiz de 1812 legalizaba los municipios en lugares que hubiese más de 1.000 “almas” o habitantes, basándose en el principio de cercanía de la administración a los ciudadanos, a costa de atomizar el territorio; enseguida Moaña unida a Domaio intentarán sin éxito formar ayuntamiento propio; pero Meira no debió de llegar a la población exigida. Después del llamado Sexenio Absolutista de Fernando VII “Rey Felón” (1814-1820) se impusieron de nuevo los liberales durante el llamado Trienio Liberal (1820-1823) que restablecieron la Carta Magna, y entonces es cuando aparecen los municipios uniparroquiales de Meira, Domaio y Moaña (este con el doble de riqueza que los anteriores), dentro del partido judicial de Pontevedra. Fueron extinguidos durante la “Ominosa Década” (1823-1833) por el citado Rey Felón.

Con su muerte y definitivo gobierno de los liberales, se constituyen los denominados Ayuntamientos de “Nueva Planta”. La Diputación designó una comisión de 3 miembros, que presentó el 1 de octubre de 1835 un proyecto en el que Meira formaba la parte oriental del Ayuntamiento de Cangas (Domaio era de Marín, que iba de ría a ría). Los mapas del diputado del distrito de 30 de junio de 1836 y de la Comisión y Junta de Armamento de 29 de octubre de ese año, ya contemplaban el Ayuntamiento de Meira, con el distrito que forma hoy Moaña. La definitiva, parte del Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra nº 96, de 30 de noviembre de 1836. Se le computaban por entonces 3.303 habitantes (Cangas 4.550 y Bueu 6.026). Se buscaba que no quedasen parroquias sueltas, tener capital hacia el centro, y se valoraba el haber sido antes Concejo.

El “Diccionario” del también ministro Pascual Madoz (1848) muestra una situación muy parecida a cien años antes. La capital estaba en el lugar de O Pazo Redondo (Sta Eulalia de Meira). Con sus 34,2 km2 de superficie era de tamaño medio. Contaba con 3.303 habitantes El lino seguía teniendo importancia. Su clima era templado y saludable. Sus caminos locales y malos. El Correo llegaba de Cangas. Se cazaban conejos y perdices. Cuentan con zonas de gran actividad pesquera, sobre todo de sardina, con buen número de marineros En concreto, la parroquia de Meira tenía entonces sólo 1 molino, lo que parece indicar que la agricultura estaba en retroceso.

La Diputación provincial en sesión de 6 de noviembre de 1874 considerando, por petición de los vecinos de la parroquia de Moaña que “es más céntrica que la respectiva población” (no vieron el mapa) y “los perjuicios de los vecinos del distrito de tener que concurrir a Meira”, acuerdan el cambio de capitalidad. Lo cierto es que en aquel entones la parroquia (ya villa) de Moaña tenía más habitantes, era más rica económicamente y por eso concentraba a la gente poderosa que aspiraba al traslado.

El último alcalde del coto-jurisdicción de Meira fue Francisco Pardo. Formaron el primer ayuntamiento (1836): el alcalde Manuel Abal (51 años) el concejal Manuel Pereira Piñeiro (56 años), el concejal José Cordeiro (48 años) y el síndico Domingo Santiago (50 años), escogidos por sólo 80 electores más ricos (sufragio censitario). Para hacerse una idea del poder adquisitivo del censo de los sufragistas hay que trasladarse a las listas para elecciones de Diputado por Pontevedra en 1846, en donde el alcalde Manuel Abal ocupaba el puesto 4º (340 reales) y Domingo Santiago el 20º (202 rs.), ambos de la parroquia de Meira, Todos son labradores, maduros y alfabetizados. El Juez de Pontevedra a petición del Gobernador Civil, calificaba a los dos primeros de gente “de poca responsabilidad” y a los últimos de “propietarios acomodados”. El último alcalde de Meira fue José Fandiño Curra (1874).

(*) Historiador

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