La “nueva Ciaim” tendrá total libertad para buscar buques hundidos como el “Pitanxo”

Tendrá garantizado “proceder” a su localización con una ley en fase de proyecto

Las familias de víctimas deberán ser informadas del avance en las pesquisas en todo momento

Restos del puente de un pesquero accidentado.

Restos del puente de un pesquero accidentado. / CIAIM

Lara Graña

Lara Graña

La Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (Ciaim) determinó, casi un año después del naufragio del Villa de Pitanxo, que era preciso bajar al pecio para recabar pruebas que ayudasen a esclarecer las causas del siniestro. Lo hizo en base al Real Decreto 800/2011, que faculta a esta entidad a “designar asesores técnicos especialistas y aprobar la realización de trabajos técnicos”. Eso sí, aquella decisión llegó después de que el Gobierno hubiese rechazado la misión hasta la saciedad: no por pertinencia, sino porque –decía el entonces delegado en Galicia, José Miñones– era técnicamente imposible. Fue el offshore Ártabro, contratado por 2,85 millones de euros (sin IVA), el que ejecutó la tarea, defendida también por el juez instructor de la Audiencia Nacional Ismael Moreno. Aquellas trabas administrativas quedarán ahora eliminadas: un proyecto de ley publicado ya en el Boletín Oficial de las Cortes determina que se va a “garantizar el inventario inmediato de las pruebas y proceder a la búsqueda y retirada controladas de los restos del naufragio [...] en las investigaciones de accidentes marítimos”. Es un blindaje que no figura en la normativa que articula el funcionamiento de la actual Ciaim.

Este proyecto de ley es mucho más amplio, por cuanto articula la creación de una única agencia de investigación para siniestros e incidentes marítimos, aéreos y ferroviarios. Una tarea encomendada, de momento, a la mencionada Ciaim, a la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil (Ciaiac) y la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios (Ciaf), respectivamente. Esta nueva entidad trabajará con el principio de “cultura justa” y “la investigación de los accidentes e incidentes se llevará a cabo con criterios de máxima transparencia”. El artículo 10 también refuerza esas facultades para ejecutar todas las acciones que considere oportunas para su trabajo: “Realizará todas las pruebas y solicitará todos los informes que resulten pertinentes para que el informe final [...] determine plenamente las causas del accidente o incidente investigado”.

Transparencia

Un aspecto capital en este proyecto de ley es el relativo a la transparencia de sus actuaciones, “permitiendo el acceso a la información de las víctimas directamente relacionadas con la investigación”. En ningún caso podrá estar en riesgo el trabajo de los técnicos, pero evitará las largas esperas que padecen las víctimas para disponer de un dictamen oficial. Los plazos no se modifican: la nueva Ciaim tendrá doce meses para emitir su informe tras un accidente o incidente muy grave y, en caso de ser necesario, podrá contar con prórrogas anuales siempre y cuando entregue un estudio provisional.

Esta norma dedica un artículo completo (15) a las víctimas, familiares o asociaciones de víctimas. “La Autoridad –expone literalmente– atenderá las necesidades de las víctimas directamente relacionadas con la investigación de que se trate y sus familiares, manteniéndoles informados, de manera clara y asequible, sobre el alcance y el progreso de la investigación realizada”. Ese objetivo de “máxima transparencia” queda patente también en el artículo séptimo: “Tendrá en cuenta las necesidades de las víctimas directamente relacionadas con la investigación técnica de que se trate y las de sus familiares y los mantendrá informados de los avances de la investigación”.

La macroagencia de investigación estará fiscalizada por las Cortes Generales, donde la persona que ostente la presidencia deberá comparecer todas las veces que le sea requerido. Este cargo se designará por Real Decreto del Consejo de Ministros, pero la elección se realizará por mayoría en la comisión “competente” del Congreso de los Diputados. Los miembros del consejo no podrán ejercer su responsabilidad durante más de seis años.

Dictamen

Esta autoridad, como sucede ahora con la Ciaim, no emite dictámenes punitivos y éstos no son vinculantes porque está diseñada para emitir recomendaciones de seguridad que eviten otros siniestros. Pero la norma nueva establece la creación de un sistema de seguimiento para que esos consejos se tengan en consideración, al contrario de lo que sucede en la actualidad. “Los destinatarios o ejecutores finales, en su caso, de las recomendaciones de seguridad emitidas por la Autoridad deberán adoptar las medidas necesarias para satisfacer las recomendaciones, o motivar las razones para no hacerlo, e informar sobre ello”, fija.

La "nueva CIAIM"

  1. Proyecto de ley

    Unifica en una agencia las actuales comisiones de investigación de accidentes marítimos, ferroviarios y aéreos. Éstas seguirán operando hasta que se constituya la entidad.

  2. Transparencia

    Habrá una comunicación directa y permanente con las víctimas, que serán informadas de los avances en las pesquisas sin entorpecer la investigación”.

  3. Poder legislativo

    La presidencia de esta nueva entidad será nombrada por las Cortes por mayoría. Deberá comparecer todas las veces que le sea requerido y entregar un informe de balance anual.

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