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La jueza envía a un psiquiátrico a un joven vigués por el violento ataque sexual a una vecina

El agresor sufre retraso mental y trastorno de conducta | La magistrada decreta el internamiento por la reiteración delictiva y la gravedad de los hechos

Imagen del edificio donde se ubican los juzgados de lo Penal de Vigo. ALBA VILLAR

El Juzgado de lo Penal número 1 de Vigo ha impuesto dos años y medio de internamiento en un centro psiquiátrico a un joven que agredió sexualmente a una mujer de su barrio, causándole lesiones debido a la violencia del ataque. Ante el retraso mental y el trastorno de conducta que sufre el agresor la jueza aplica una eximente completa de enajenación mental que supone su absolución por los delitos cometidos –agresión sexual y lesiones–. Pero atendiendo a sus antecedentes delictivos que suponen “un riesgo para las personas”, a las medidas de seguridad “infructuosas” adoptadas en anteriores resoluciones y sobre todo a la “gravedad” de los hechos cometidos en esta ocasión, impone este internamiento, así como la obligación de indemnizar con 4.150 euros a la víctima, a la que no se podrá acercar durante cuatro años.

Los hechos ocurrieron la tarde del 5 de junio de 2021. El joven, de 26 años, coincidió con su vecina en la calle y le dijo que lo acompañase a su casa con la excusa de pagarle 30 euros de una deuda que tenía pendiente con ella por la venta de un teléfono móvil. Pero una vez en la casa el acusado, según consta probado en la sentencia, se abalanzó sobre la mujer y, tras soltarle “vamos a follar”, la agarró de los brazos, empezó a tocarla y trató de bajarle el pantalón, algo que no consiguió al forcejear la víctima con él, darle un empujón y lograr abandonar la casa saltando por una ventana. “Te voy a denunciar”, le avisó ella. “Es la palabra tuya contra la mía, me da igual”, le respondió el agresor.

La jueza, en una sentencia contra la que todavía cabía presentar recurso, ve del todo “inverosímil” la versión exculpatoria que dio el acusado –alegó que se encontró a la mujer robando en su casa y que en ningún momento la atacó– y da credibilidad a la víctima, cuyo relato se ve refrendado por el parte sanitario de las lesiones y el posterior informe forense. Ve los hechos constitutivos de una agresión sexual por la “violencia” ejercida sobre la víctima, si bien, atendiendo a los trastornos del joven, lo absuelve al considerar que concurre una eximente completa y no solo incompleta como sostenía la fiscal, que junto al ingreso en un psiquiátrico pedía una pena de prisión.

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