El Juzgado de lo Social número 1 de Vigo ha declarado la improcedencia del despido disciplinario de un empleado de un establecimiento de máquinas recreativas, al que la empresa rescindió el contrato al estimar que había cometido dos faltas disciplinarias "muy graves" que suponían una "transgresión de la buena fe contractual". Una de ellas, alegaba, era la de fumar en un establecimiento abierto al público y "permitir que terceras personas" fumasen en el mismo y la otra "jugar con las máquinas recreativas" del local siendo empleado del mismo.

La sentencia del juzgado laboral fue ratificada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) y ahora acaba de ser declarada firme por el Tribunal Supremo al inadmitir el recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto por la empresa.

El despido se declaró improcedente al estimarse que la conducta de fumar en trabajo, "por sí misma, no tiene gravedad suficiente para justificar un despido disciplinario si no concurren circunstancias adicionales relevantes, como riegos especiales y reiteración". Y sobre jugar en las máquinas, también se concluye que fue una "conducta ocasional y aislada".