La Audiencia Provincial ratificó en segunda instancia la condena a un banco por imponer una cláusula suelo del 11% que fue rubricada antes de que entrase en vigor de la Directiva Europea 19/93, que concede la retroactividad de lo cobrado de más desde la firma del contrato. "La circunstancia de que el contrato [...] se hubiera suscrito con anterioridad a la entrada en vigor de la Directiva de 1993 no es obstáculo a la declaración de abusividad de la cláusula suelo", argumenta el fallo.