El mayor volumen de trabajo de los dos juzgados especializados de Vigo son los pleitos de suelo hipotecario. Pero no son los únicos. También les corresponden los de vencimiento anticipado, intereses moratorios, hipotecas multidivisa o los de gastos de formalización de la hipoteca. Éstos últimos, los de gastos, no son excepcionales. Fuentes judiciales señalaban ayer que, después de los de cláusulas suelo, aunque a gran distancia, son los más habituales. En la mayoría de los casos esta reclamación se hace ligada a la de la devolución del suelo.

Los gastos acaban de protagonizar una ya controvertida sentencia del Supremo. En un cambio radical de doctrina, una sección de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal dictaminó que el principal gasto en la formalización de las hipotecas -el impuesto de Actos Jurídicos Documentados- corresponde asumirlo al banco y no al cliente. Pero, solo un día después, en un inesperado movimiento, se paralizó la decisión: se ha convocado al Pleno de esta Sala para decidir si confirma el "giro jurisprudencial".

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Pontevedra, que revisa los recursos de apelación de las sentencias dictadas por los juzgados especializados de Vigo, paralizará los casos de gastos que tiene pendientes a la espera del Pleno. Si éste rectifica y sigue con la doctrina tradicional, retomará los recursos. Si confirma el histórico fallo de esta semana, lo "prudente", dicen fuentes judiciales, es que la sección pontevedresa aguarde a ver si la Sala Civil del Supremo también asume la doctrina, que sería "lo lógico".

Hasta ahora, la sala de Pontevedra dictamina que los únicos gastos a cargo del banco son los del registrador y la mitad de los de gestoría y tasación. El resto corresponde pagarlos al cliente.