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El pleito judicial del Área Metropolitana lleva un año parado a la espera del TSXG

El recurso elevado en 2017 contra la paralización cautelar del ente aún no fue resuelto -Si el TSXG ratifica la medida, todo apunta a que la sentencia del juez dictaría la suspensión definitiva

Feijóo y Caballero, con alcaldes, en 2016, en un acto para poner en marcha el Área ahora suspendida. // R.G.

El pleito judicial que decidirá el futuro del Área Metropolitana permanece paralizado. La razón es que el fallo sobre este litigio que recayó en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Vigo está pendiente de que se resuelva el recurso interpuesto contra la medida cautelar adoptada por el magistrado en mayo de 2017, la que supuso la suspensión del funcionamiento del ente supramunicipal. La apelación fue elevada hace ya más de un año al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) y, según las fuentes judiciales consultadas, aún no hay respuesta. Y ésta resulta clave de cara al dictamen final del caso. Y es que si el Alto Tribunal respalda los argumentos y la decisión cautelar del juez vigués, prácticamente con toda probabilidad la sentencia final supondrá la suspensión ya no provisional, sino definitiva de la institución, por cuestiones de forma insubsanables: el proceso de constitución del organismo tendría que volver a ponerse en marcha. Si el TSXG, al contrario, revoca el auto, podría ser necesario practicar más prueba y las opciones sobre lo que sucederá con la institución seguirían abiertas.

Fue el 20 de enero de 2017 cuando la Xunta interpuso la demanda contra la constitución del Área: su creación y puesta en marcha, sostenía el gobierno gallego en el escrito, era ilegal por los errores en la designación de los representantes de los municipios de Gondomar y Moaña en la asamblea y por no haberse producido la integración efectiva del transporte metropolitano.

Aunque un recurso contencioso-administrativo como el planteado por la Xunta, presentado por la vía del procedimiento abreviado, suele tardar una media de nueve meses en resolverse desde que se formula la demanda hasta que hay sentencia, esta regla general puede romperse si se plantean incidentes o recursos. Y esto es lo que ha ocurrido con el litigio del Área. Junto a la causa principal, la que ahora está parada, el magistrado abrió una pieza separada para las medidas cautelares. Su decisión en el marco de esta última fue rápida. El 5 de abril de ese 2017, poco más de dos meses después de entrar la causa en su juzgado, dictó un auto suspendiendo cautelarmente el funcionamiento del ente, la presidencia de Abel Caballero y los acuerdos adoptados por los siete concellos que integraban su Junta de Gobierno. Asumía así los argumentos de la Xunta, declarando "inválida" la Mesa de Edad que dirigió la primera asamblea y la propia constitución del organismo, dictaminando la paralización de todos sus órganos. No por la cuestión del transporte metropolitano, sino a causa de un error formal, una "irregularidad relevante", en la elección de los representantes de Moaña y Gondomar.

Desierto

La medida cautelar fue recurrida y compete resolver al TSXG. Pero, transcurrido ya más de un año desde que esa apelación fue elevada a A Coruña -en junio de 2017-, aún no hubo decisión del Alto Tribunal. Lo que sí se dictó fue una resolución declarando desierto el recurso presentado por el propia Área por personarse fuera de plazo. El recurso, sin embargo, debe resolverse en esa instancia superior ya que también apelaron varios concellos: Vigo, Gondomar, Porriño, Moaña, Nigrán, Salceda de Caselas y Cangas.

Y mientras el TSXG no resuelva, el juez tampoco fallará en el marco de la causa principal, en la que probablemente no será necesario celebrar juicio ya que la prueba, al menos de momento, es solo documental. En estos casos, explican las fuentes, las partes personadas presentan sus conclusiones por escrito y el juez a continuación resuelve.

El motivo de que la causa dependa tanto del recurso sobre la medida cautelar es que el si el TSXG ratifica el auto del juez, éste podría ya dictar la suspensión definitiva ya que se refrendaría que hubo un error formal insubsanable. El proceso de constitución del Área, por tanto, tendría que volver a empezar. En todo caso, habrá que esperar a que el Alto Tribunal dicte su resolución.

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