La Xunta ha replicado a la Asociación Empresarial Festivais de Galicia que sí era "obligatorio" registrar el plan de autoprotección de O Marisquiño en la Dirección Xeral de Emerxencias y con carácter previo a su celebración.

En respuesta a lo afirmado por esta asociación durante la jornada del miércoles, el Gobierno gallego ha indicado que, según la normativa vigente, este plan debe ser elaborado para aquellas actividades recreativas y espectáculos públicos que se realicen al aire libre --como era el caso del festival-- con una capacidad igual o superior a 20.000 personas.

Frente a ello, la Asociación Empresarial Festivais de Galicia aseguraba el miércoles que la acogida prevista para el festival era de "4.500 personas". Pero la Xunta explica que este plan se refiere a la capacidad del "festival completo, no solo para el concierto", que era a lo que hacía referencia esta asociación en un comunicado.

En este sentido, según recoge el artículo 5 del DOG, sobre el registro de planes de autoprotección, la finalidad de estos informes es "establecer una base de datos sobre su contenido", para que los servicios de emergencias de Galicia puedan acceder a ella y "ampliar la información" sobre los establecimientos e instalaciones, de manera que "se faciliten sus posibles intervenciones en caso de siniestro".

De este modo, el DOG también especifica que la inscripción de este plan debe realizarse con "carácter previo" al inicio de su actividad, y su resolución por parte de la Xunta debe notificarse en un plazo máximo de tres meses, contados desde el día siguiente a la entrada de la solicitud en el registro del órgano. Aún así, "la inscripción no supone la concesión de licencia para el inicio de la actividad".