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La odisea de las herencias sin testamento: 12.000 en un año

Los cónyuges o parejas sin hijos quedan desprotegidos puesto que si quedan viudos quienes heredan son los suegros

Cementerio de Lalín. | // BERNABÉ/JAVIER LALÍN.

No dejar las cosas bien atadas tras la muerte puede suponer un auténtico quebradero de cabeza para los herederos y puede llegar incluso a dejar sin casa y con las manos prácticamente vacías al cónyuge o a la pareja. Y no son pocos los casos de personas que fallecen sin dejar por escrito sus últimas voluntades. Solo el pasado año los notarios tuvieron que tramitar en Galicia 11.644 herencias sin testamento. No es un proceso sencillo y pueden surgir conflictos incluso en las familias mejor avenidas. Además resulta mucho más costoso: los trámites pueden resultar hasta cuatro veces más caros.

Cuando una persona muere sin dejar testamento, sus familiares deben realizar una declaración de notoriedad de herederos abintestato para poder hacerse con los bienes del difunto. En cinco años se reclamaron las herencias de 54.000 gallegos que fallecieron sin dejar constancia por escrito de cómo querían repartir su legado. La cifra se ha ido incrementando ligeramente con la única excepción de 2020, donde debido al parón provocado por la pandemia los notarios gestionaron un menor volumen: 9.382. El pasado año se recuperó la normalidad y se tramitaron 11.644, un 8 por ciento más que en 2017. Desde el Colegio de Notarios de Galicia lo atribuyen a un incremento en las cifras de mortalidad: si se muere más gente hay más probabilidad de que se incremente el número de quienes no han dejado hecho su testamento.

Los más vulnerables

Las consecuencias de no haber dejado las cosas bien atadas tras la muerte pueden resultar graves para los que se quedan, sobre todo para la pareja y el cónyuge que quedan desprotegidos.

Según el código civil, la prioridad en las herencias, cuando no hay testamento, es, en primer lugar, para los descendientes tanto hijos como nietos, bien sean biológicos o adoptados. En segundo lugar están los ascendientes: padres o abuelos. Y en tercer lugar el cónyuge. Luego heredarían los hermanos y los hijos de los hermanos.

Esto significa que si, por ejemplo, en una pareja o matrimonio muere uno de ellos sin testamento y no tienen descendencia, quién heredaría serían los padres del fallecido y no el cónyuge que se podría quedar incluso sin la casa, que pasaría a manos de sus suegros.

LAS CIFRAS

  • En un lustro 54.000 abintestatos. En cinco años se tramitaron 54.187 declaraciones de abintestados o herencias sin testamento. En 2020 con la pandemia bajaron a 9.382.
  • Casi 52.000 testamentos en 2021.También aumenta el número de gallegos que hacen testamento. En 2021 fueron 51.677, un 7 por ciento más que en 2017.
  • Más de 26.700 sucesiones. El pasado año se formalizaron 26.700 herencias, casi 6.000 más que en 2020, según el Colegio de Notarios de Galicia.

En Galicia se aplica la legítima, que supone que hay una parte de la herencia que no puede ser repartida como se desee. Un ejemplo práctico: en un matrimonio sin hijos a la viuda de 49 años le corresponderá solo el 20 por ciento del valor de la herencia y a los suegros el 80 por ciento.

Es por esta razón, que las personas casadas o en pareja que no tienen hijos son las que con más urgencia deben hacer el testamento.

Con el testamento hay posibilidades de adaptar la sucesión a las circunstancias de la familia, pues la legítima da unos márgenes. En concreto, se puede dejar al cónyuge el usufructo del 100 por cien de la herencia. De esta forma se evitan conflictos y se reducen costes.

¿Pero cuál es el porcentaje de gallegos que mueren sin dejar testamento? Es difícil de saber, según explican desde el Colegio de Notarios de Galicia. No se pueden comparar las declaraciones de herederos abintestatos con el número de fallecidos ese año, porque en ocasiones cuando una persona muere sin dejar por escrito el reparto de sus bienes los herederos pueden tardar años en reclamar la herencia.

En todo caso, los notarios ponen de relieve que cada vez más gallegos hacen testamento. En 2021 se firmaron 51.677, lo que supone un 7 por ciento más que hace cinco años. De hecho, se superó por primera vez la barrera de los 50.000.

También aumentaron las herencias entregadas. El pasado año fueron 26.718, casi 6.000 más que en el año de la pandemia, pero también son más que la registradas en ejercicios anteriores. De hecho, es la mayor cifra al menos desde 2012.

Un proceso que puede acabar en los tribunales

Si una persona muere sin dejar testamento los herederos deben iniciar un largo y complejo proceso para recibir la herencia. En primer lugar deben conseguir el certificado de defunción del fallecido, que puede ser facilitado por el propio hospital o bien se puede solicitar al registro civil.

Además se deberá obtener el certificado de actos de últimas voluntades y de su seguro de vida, si lo tuviese. Aquí se explicará si el fallecido realizó o no un testamento antes de su muerte. Se deberán entregar ambos documentos al notario y realizar la declaración de herederos. Por ejemplo, si el fallecido es el cónyuge deberá adjuntarse una acta de matrimonio.

Los notarios explican que cuando hay herederos directos (cónyuge, hijos, padres...) no es un trámite complejo. Pero cuando los herederos son ya tíos, sobrinos o primos la tramitación se complica. El notario debe ir descartando a todos los familiares que están dentro de los grados anteriores y de cuarto grado y eso implica pedir certificados en el registro civil de nacimiento, defuncion y matrimonio de todas esas personas.

Pueden necesitarse hasta 30 certificados. En la declaración de herederos se requerirá además la presencia de dos testigos. Una vez identificados quienes son los sucesores se tendrán que determinar los bienes que cada persona heredará. Si hay acuerdo no habrá mayor problema, pero puede haber disputas y que el asunto termine en los tribunales. Se inicia así en los juzgados un proceso denominado partición de herencia judicial o división de herencia para la cual puede ser necesaria la intervención de los bienes y el nombramiento de un administrador.

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