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Las nuevas granjas no podrán ubicarse a medio kilómetro de un río o a dos de núcleos poblados

Las nuevas granjas no podrán ubicarse a medio kilómetro de un río o a dos de poblado

Una modificación legislativa del Gobierno central podrá demorar la expansión de las granjas en Galicia que deseen aumentar sus instalaciones o los planes de quienes se dispongan a abrir una explotación con más de 150 vacas adultas.

El Ministerio para la Transición Ecológica prepara un endurecimiento de la ley que obligará a solicitar una declaración de impacto ambiental, que hasta ahora solo precisaban las explotaciones con el doble de reses. Solo era necesario, por ejemplo, a partir de 300 vacas. O dicho de otro modo, se reduce a la mitad el tamaño de las explotaciones que requieren pasar un trámite de impacto ambiental simple.

Asimismo, este nuevo Real Decreto que modificará la Ley de evaluación ambiental contempla que las granjas no podrán ubicarse a menos de 500 metros de cursos fluviales –o humedales– y a menos de dos kilómetros de un núcleo de población, entendiendo como tal “suelos urbanizables o urbanos de uso residencial o terciario”. Esta última cuestión (aún abierta) podría modificar la estampa tradicional gallega en la que las explotaciones de bovino o porcino son prácticamente una prolongación de la finca familiar en la que se ubican. Si así lo hacen, su proyecto tendrá que pasar una exigente evaluación ambiental.

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico justifica la medida por la obligación de ajustarse al marco europeo y a raíz de sanciones de la UE en 2015 y 2017 a España en esta materia.

Mientras, la Xunta avanza que presentarán alegaciones. El gobierno autonómico “recibe con gran preocupación los cambios legislativos que se avecinan a través de este Real Decreto ya que entendemos que se va a producir un incremento considerable de los proyectos con evaluación ambiental sin que, en paralelo, se pongan los recursos e instrumentos financieros necesarios para hacerle frente”, valoran desde la Consellería de Medio Ambiente. “Es decir, el Ministerio adapta la legislación y las comunidades tendremos que ejecutar y afrontar sus efectos con los mismos recursos disponibles hasta ahora”, añaden.

"Se incrementarán considerablemente los proyectos con evaluación ambiental sin que, en paralelo, se pongan los recursos necesarios"

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Por su parte, el sindicato Unións Agrarias también alegará porque considera que la medida supone “bloquear la ampliación de las explotaciones y poner más trabas”, según el portavoz Óscar Pose, que también hace alusión a la demora de hasta siete meses o un año en los trámites que podría implicar esta modificación. “Se saturaría el sistema”, añade.

El portavoz de Unións Agrarias, Óscar Pose Fdv

El cambio afecta también a otro tipo de proyectos industriales e infraestructuras que están en zonas de valor paisajístico y cerca de recursos hídricos y actualmente se encuentra en fase de consulta pública, hasta el 4 de noviembre. En Galicia también podrían quedar afectadas instalaciones para la acuicultura intensiva de 100 o más toneladas al año de capacidad de producción.

El cambio legal, bajo lupa

La modificación de la Ley supone que se contemplarán 90 tipos de proyectos, en lugar de los 81 que constaban anteriormente.

  1. Amplía la Ley de evaluación ambiental. La medida afecta a instalaciones para la cría intensiva de ganado, que igualen o superen 150 reses o cargas de 60 toneladas.
  2. Granjas de ganado con más de 150 reses. Instalaciones para la acuicultura intensiva de más de 100 toneladas al año de producción; o entre 10 y 100 si están en cauces o humedales.
  3. Acuicultura intensiva o que ocupa cauces.  Instalaciones para la acuicultura intensiva de 100 o más toneladas poraño de capacidad de producción; así como entre 100 y 10 t/año cuando ocupen cauces o humedales, permanentes o estacionales, contemplen construcciones en masas de transición o costeras alterando fondo, flujo mareal u oleaje; estén localizadas en reservas marinas u otras zonas de protección pesquera o marisquera, o se ubiquen a menos de 500 m de playas.

Técnicamente se conoce como Real Decreto que modifica los Anexos I y II de la Ley de evaluación ambiental (Ley 21/2013) y busca “adecuarla a la normativa europea e incrementar así tanto la seguridad jurídica como el nivel de protección ambiental”. “Esta modificación permitirá que cualquier proyecto con potenciales impactos significativos sea sometido, al menos, a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificado”, indican en el Ministerio. También incluye un nuevo mecanismo de garantía para aquellos proyectos que se encuentren por debajo de los umbrales, pero estén situados en zonas de especial sensibilidad ambiental o afecten sustancialmente al medio hídrico.

Para revisar en profundidad el contenido, se creó un grupo de trabajo con representación de las autoridades ambientales de todas las Comunidades Autónomas y la Administración General del Estado a lo largo de este año. En la práctica, afectará a 90 tipos de proyectos, en lugar de los 81 que constaban anteriormente.

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