La proximidad al domicilio o al lugar de trabajo de los padres tendrá más peso a la hora de conseguir plaza en un colegio a partir del curso 2022/2023. De hecho, esta cercanía al centro junto con el hecho de tener hermanos matriculados en la misma escuela serán determinantes para la escolarización. Así lo fija el nuevo decreto de admisión de alumnos que tramita la Consellería de Educación y que adapta las directrices marcadas por la llamada Ley Celaá. Esta norma no afectará al próximo curso escolar que empieza en septiembre, puesto que el proceso de solicitud de matrícula ya se ha iniciado.
El principal cambio de la nueva norma afecta a la puntuación que se da a los baremos para conseguir plaza en un colegio. La Ley Celaá establecía que ningún criterio podrá “tener carácter excluyente ni podrá suponer más del 30 por ciento del total de la puntuación máxima, salvo la proximidad al domicilio que podrá superar ese límite”, lo que en la práctica supone dar clara prioridad a la cercanía de la vivienda familiar en la admisión de alumnos.
Y así lo plasma la Xunta en su nuevo decreto. Si el domicilio de los progenitores está en el área de influencia del centro se darán ocho puntos, en vez de seis como hasta ahora. Si está en un área limítrofe obtendrá 4 puntos (uno más).
Si el lugar de trabajo de los padres se encuentra en el área de influencia del colegio se sumarán seis puntos en lugar de cuatro como estaba establecido hasta la fecha. Y si se ubica en una zona limítrofe conseguirán 3 puntos (uno más).
Será la jefatura territorial de la Consellería de Educación la que delimite el área de influencia de cada centro en función de su capacidad y de la población que hay que escolarizar. Lo hará tras consultar a los consejos escolares municipales –si no existiesen se escuchará a los concellos afectados–, a los directores y a la inspección educativa.
Otra de las novedades en la puntuación para conseguir plaza es que se incluye por primera vez el parto múltiple como criterio: si son dos hermanos recibirán ocho puntos y si son más de dos la puntuación será de 10.
Junto con la cercanía al domicilio familiar, la existencia de hermanos en el mismo centro será preferente para lograr matrícula. Se concederán ocho puntos por un hermano escolarizado en ese colegio y dos puntos más por los siguientes hasta un tope de 14 puntos.
Por primera vez ser víctima de violencia de género o de terrorismo también puntuará para obtener plaza (dos puntos). Y se mantendrá el peso en la baremación por ser familia numerosa (hasta tres puntos) o monoparental (dos puntos).
No hay variación en la baremación de los criterios de renta, por los que se podrá obtener como máximo tres puntos. A pesar de ello, el nuevo decreto de la Xunta recoge una de las premisas de la Ley Celaá: “evitar la segregación del alumnado por motivos socioeconómicos o de otra naturaleza”. Éste mandato se incorpora como uno de los cometidos de las comisiones de escolarización que son los órganos que se encargan de decidir sobre la admisión de alumnos. Según aclara, la Consellería de Educación, la nueva normativa incluye la mención explícita de que habrá ”una representación equilibrada entre hombres y mujeres” en estas comisiones.
Además del proceso de escolarización ordinaria, se establecen las circunstancias por las cuales un alumno podrá incorporarse a un colegio iniciado ya el curso escolar. Además de por el traslado de la unidad familiar por movilidad forzosa o situaciones de violencia de género o acoso escolar, se introduce otro motivo para cambiar de colegio a mitad de curso: “la discapacidad sobrevenida de cualquiera de los miembros de la unidad familiar”.
Según explican desde la Consellería de Educación, el nuevo decreto “probablemente esté en funcionamiento para el curso 2022/2023. La Ley Celaá entró en vigor ya a principios de este año, pero las comunidades del PP decidieron adelantar los procesos de solicitud de matrícula para el curso que empieza en septiembre para esquivar así las disposiciones de la norma estatal con la que mostraron su desacuerdo al considerar que coartaba el derecho de libre elección de centro, público o concertado, por parte de los padres.
El decreto de admisión que tramita la Xunta, para adaptarse a la Ley Celaá, no introduce, sin embargo, cambios que afecten a la libre elección de centro por parte de los padres.