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Anteproyecto de ley de Patrimonio Natural de Galicia

La Xunta restringe la creación de parques naturales a áreas de más de 10.000 hectáreas

Cinco de los seis actuales no cumplen pero no perderán la categoría -Medio Ambiente alega que puede haber excepciones y que estos lugares deben tener entidad -Los ecologistas, en contra

Uno de los senderos del parque natural Monte Aloia, en Tui. // Xacobe Melendrez Fassbender

En Galicia existen en la actualidad seis parques naturales. Conforme a la nueva reglamentación que establece la Xunta en el anteproyecto de Lei do Patrimonio Natural de Galicia, solo existiría uno de ellos, el de Baixa Limia-Serra do Xurés, porque sería el único que cumpliría con el requisito de tamaño mínimo que, por primera vez, como consta en la normativa en preparación, pone sobre la mesa el Ejecutivo gallego.

La Xunta establece en esa norma que los espacios protegidos que aspiren a la consideración de parques naturales deberán tener al menos 2.500 hectáreas si son insulares y 10.000 si son peninsulares. Aunque la nueva legislación no les arrebatará la categoría ahora, de entrada dejaría fuera, si hubiese existido antes, a cinco de los seis parques naturales de la comunidad: el de Fragas do Eume (9.125 hectáreas), el de Serra da Enciña da Lastra (3.150 hectáreas), el de Monte Aloia, en Pontevedra (746, es el primer parque natural de Galicia, en 1978, y el más pequeño), el de Invernadeiro (5.700) y el de Complexo dunar de Corrubedo e lagoas de Carregal e Buxán (1.000). Solo daría la talla el del Xurés, con 30.000.

La Xunta defiende que al fijar una superficie mínima para los parques pretende "resaltar la importancia y excepcionalidad de estos espacios", de modo, indican desde la Consellería de Medio Ambiente, que sean áreas "con suficiente entidad". Además, alegan "precedentes recientes" en la normativa estatal sobre parques nacionales (de 2014), como el de Illas Atlánticas.

Aseguran también desde la Administración gallega que "esa limitación afecta "únicamente" a la declaración de nuevos parques, por lo que los existentes en la comunidad "seguirían manteniendo su categoría", como recoge una disposición adicional de la ley. El texto normativo en preparación, por otro lado, "prevé que se pueden declarar parques sin la imposición de esta superficie en casos debidamente justificados", matizan.

Esta limitación es uno de los grandes peros que ponen los ecologistas de Adega y de la Sociedade Galega de Historia Natural (SGHN) al anteproyecto de la normativa que actualizará la actual legislación, de 2001, a las directivas europeas y a la ley estatal, de 2007. Desde Adega, su secretario ejecutivo, Fins Eirexa, tacha de "absurdo" fijar "numerus clausus" para los parques naturales. No lo ve "fundamentado jurídicamente y mucho menos desde el punto de vista ecológico" y alega que la ley estatal de Patrimonio Natural no los pone. Sí la de parques nacionales, como afirma la Xunta, aunque no coinciden (son más elevados: 20.000 y 5.000, si se trata de islas). El que luego pueda haber excepciones, cree que implica que la Xunta legisla "utilizando la discrecionalidad" como fundamento.

Por su parte, Serafín González, presidente de la Sociedade Galega de Historia Natural, califica de "error" el marcar límites y aduce también que otras normas autonómicas no lo hacen. Apunta que ese umbral "dificultaría enormemente la creación de nuevos parques naturales en Galicia" y añade que, vistos los actuales, "la excepción sería la norma".

Otra de las novedades que incluye el anteproyecto de la Xunta, que integra ya las 600 aportaciones de las miles recibidas en alegaciones, es crear microrreservas para conservar hábitats raros o que sean hogar de especies amenazadas cuya conservación resulte relevante. Su superficie debe ser inferior a 20 hectáreas y se declararán por un tiempo concreto. A Adega no le convence la el tamaño, la vigencia o la figura, cree que se complica la declaración y funcionamiento de esas áreas, y a la SGHN no le gusta su caducidad.

Entre las novedades de la ley, Medio Ambiente apunta que se amplía el ámbito de los espacios naturales de interés local al poder comprender áreas integradas en más de un municipio, se permite una gestión asociativa y se incide en su valor para acciones de educación ambiental. Además, en el "Catálogo galego de especies ameazadas" se contemplan solo las categorías de "en peligro de extinción" y "vulnerable" para simplificar.

Para Adega, la normativa, que aún tiene que superar numerosos trámites y que puede variar hasta su llegada al Parlamento, prevista para el próximo año, e incluso durante su debate, es un "puedo y no quiero", mientras que desde la SGHN consideran que no incluye "mejoras" en protección respecto a lo que está establecido en la legislación estatal y europea a la que debe adaptarse, aunque sí en relación a la que sustituye, aprobada en el año 2001.

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