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Tribunales

La Audiencia de Valencia deja fuera del caso Azud como acusación particular al Ayuntamiento de Valencia

La sala ratifica la decisión del Juzgado de Instrucción 13 y la Fiscalía de Anticorrupción pero abre la puerta a que lo intente como acusación popular

Alfonso Grau, en el momento de su detención, el 13 de mayo de 2021, por el caso Azud. EP

La sección tercera de la Audiencia de Valencia ha ratificado la decisión de dejar fuera del caso Azud como acusación particular al Ayuntamiento de Valencia, adoptada por el Juzgado de Instrucción 13, a petición de la Fiscalía Anticorrupción. El auto de los magistrados de la sección tercera deja, no obstante, la puerta abierta a que el consistorio opte por acusar como acusación popular, según el fallo notificado a las partes al que ha tenido acceso Levante-EMV.

El Ayuntamiento de Valencia pretendía ejercer la acusación particular porque sus "intereses pueden resultar afectados por estar en cuestión algunos actos administrativos adoptados tiempo atrás y que pudieran incidir en bienes y en la hacienda pública municipal". El caso Azud investiga, entre otras, una presunta trama de pago de mordidas y cohechos por una serie de empresarios inmobiliarios y contratistas de obra pública a cambio de contratos e información privilegiada en operaciones urbanísticas en el Ayuntamiento de València. La causa ha salpicado al exvicealcalde de València, Alfonso Grau, al exportavoz socialista en el consistorio, Rafael Rubio y a un total de once altos funcionarios de la Casa Gran, como se conoce al consistorio del Cap i Casal.

El consistorio solicitó personarse en 2019 cuando la causa estaba secreta, aunque su petición se rechazó debido al secreto de actuaciones para las partes, que se levantó el pasado mes de abril. Una vez las defensas de los más de 60 acusados han conocido el detalle de las pesquisas que se iniciaron en 2017, inicialmente contra el abogado José María Corbín, el Ayuntamiento de València ha vuelto a insistir en varios escritos su petición de personación ahora rechazados por la Audiencia de València.

Para rechazar las pretensiones del Ayuntamiento de València, los magistrados de la sección tercera alegan que "el ente local acude a información de prensa como razón de su legitimación, pero ni concreta de qué hechos se trata ni asume la posible realidad de los mismos y sólo lo plantea como hipótesis". Respecto a la defensa de los intereses públicos, la Fiscalía Anticorrupción alega que la Constitución atribuye al Ministerio Público en exclusiva la función de tutela del interés público y de los derechos de los ciudadanos, por lo que el Ayuntamiento de Valencia "defenderá en todo caso los intereses particulares de la corporación". No obstante, la Audiencia parece dejar abierta la posibilidad de que el Ayuntamiento ejerza la acusación popular al asegurar que "por lo pronto el ayuntamiento no ha sido excluido de su personación definitiva en este momento porque no lo ha intentado como acusación popular".

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