Multan a 4 aerolíneas “lowcost” por cobrar el equipaje de mano

Consumo afirma que las infracciones pueden llegar a considerarse como muy graves, con sanciones de hasta un millón de euros

Uno de los aviones de la compañía Ryanair tras aterrizar en el aeropuerto de Peinador (Vigo). |   // M. G. B.

Uno de los aviones de la compañía Ryanair tras aterrizar en el aeropuerto de Peinador (Vigo). | // M. G. B. / Sara Ledo

Sara Ledo

El Ministerio de Consumo ha abierto los primeros expedientes sancionadores a varias aerolíneas de bajo coste por el cobro de sobrecostes en el equipaje de mano transportado en cabina, según un comunicado. Desde el departamento que comanda Alberto Garzón descartan dar los nombres alegando la “presunción de inocencia” de las compañías a falta de que se estudie el expediente, pero desde la organización de consumidores Facua afirman que serían al menos Ryanair, Vueling, Easyjet y Volotea.

En junio, la Dirección General de Consumo, dependiente del Ministerio con el mismo nombre, inició una investigación a siete aerolíneas de bajo coste por presuntas irregularidades, que finalmente se ha saldado con la apertura de varios expedientes por los sobrecostes aplicados a servicios que tradicionalmente se incluían en el precio del billete, como la reserva del asiento contiguo a otro pasajero en el caso de menores o personas dependientes.

Según explica el Ministerio de Consumo, a través de la práctica de “desgajar servicios” tradicionalmente incluidos en el precio del billete y cobrar al pasajero un suplemento por ellos, “estas compañías ofrecen en su publicidad precios muy competitivos”. “Esto les permite tener un posicionamiento SEO privilegiado en los motores de búsqueda y en los comparadores respecto a competidores que sí incluyen estos servicios en el precio del billete que se anuncia en el comparador”, añade. Esa práctica de cobrar por servicios antaño incluidos en el precio final al consumidor se inició en el sector de las aerolíneas europeas hace años, pero en la actualidad se ha contagiado a otros sectores como los trenes, en cuyo caso no hay ningún procedimiento abierto “por ahora”.

El Ministerio de Consumo tiene potestad sancionadora desde mayo de 2022, como consecuencia de una modificación de la Ley general para la defensa de los consumidores y usuarios. La apertura de expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. No obstante, en el caso de que concluya en multa se situaría en una horquilla de entre 10.001 y 100.000 euros, en el caso de las infracciones graves, y entre 100.001 y 1.000.000 de euros en el caso de las muy graves. Además, en el supuesto de que el beneficio ilícito obtenido por las prácticas infractoras superara dichas cantidades, las sanciones podrían alcanzar hasta entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido, para las infracciones graves, y entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido en el caso de las muy graves.