La dirección de la factoría que el grupo Stellantis tiene en Vigo (antes PSA) ha acordado este miércoles un Expediente de Regulación de Empleo (ERTE) con los sindicatos SIT-FSI, UGT y CCOO, que aglutinan al 82% de la representación social, por causas organizativas y de producción derivadas de la crisis mundial de semiconductores que han obligado a la planta a parar en varias ocasiones la producción.

Del ERTE se han descolgado la CIG y CUT a la espera de las decisiones que tomen sus afiliados en sendas asambleas que celebrarán a la vuelta de Semana Santa.

Según el acuerdo alcanzado, las jornadas de ERTE se podrán establecer entre el próximo día 5 de abril y hasta que acabe 2021.

El ERTE puede llegar a afectar durante un máximo de 60 días laborables a título individual a los trabajadores con contrato a tiempo completo y que, estando incluidos en el mecanismo de flexibilidad de bolsa de horas, estén impactados por alguna jornada no laborable una vez agotado el saldo negativo máximo del mecanismo.

Las jornadas de ERTE se complementarán hasta el 80% del salario bruto (salario convenio y complemento individual) esta misma mejora a la parte proporcional de pagas extras generadas durante los días de suspensión.

No quedan impactados por los días de suspensión los derechos de vacaciones ni el tiempo trabajado a los efectos del cálculo de la retribución variable.

Como medida social complementaria se ha acordado la posibilidad de consumir en primer lugar los días de adecuación de jornada y un día de permiso colectivo antes de la aplicación de jornadas de ERTE.

Asimismo, en atención a las especiales circunstancias imprevisibles del centro durante el mes de marzo con problemas de abastecimiento de piezas, que ha hecho necesario tener que desprogramar jornadas de actividad, se establece una garantía de 80 horas mensuales para los contratos indefinidos a tiempo parcial en turnos variables y los contratos de duración determinada durante el citado mes.

El acuerdo incluye protección para el personal temporal y con contrato a tiempo parcial cuando no estén incluidos en el ERTE.

En el caso de los contratos temporales se garantiza una remuneración mínima mensual de 80 horas de actividad, con la posterior compensación de las horas abonadas y no prestadas durante el resto de la vigencia de su contrato.

En el caso de los contratados a tiempo parcial se les aplicarán los mecanismos establecidos de garantía y alisado de remuneración aplicables en todos los turnos de trabajo.

No estarán incluidas en el expediente las personas en situación de IT, maternidad, paternidad, riesgo embarazo, lactancia o quienes estén percibiendo la prestación por cuidado de menor con enfermedad grave, por el tiempo en que tales situaciones se prolonguen.