El Tribunal General de la Unión Europea (TUE) ha avalado este miércoles la decisión de 2013 de la Comisión Europea que declaró ilegal el viejotax lease (sistema español de bonificaciones fiscales) para los inversores en astilleros y ha obligado a España a recuperar el dinero. Cinco años después, la Justicia europea ha fallado así en un nuevo capítulo de un litigio que se remonta a hace siete años, cuando el entonces comisario de Competencia, el español Joaquín Almunia, pidió a las autoridades españolas que recuperaran las ayudas ilegales concedidas a los astilleros entre 2007 y 2011 tras concluir que este régimen vulneraba las normas de la UE en materia de ayudas públicas.

El sistema denunciado por el Ejecutivo comunitario permitía financiar, mediante una estructura jurídica y financiera específica, la construcción de buques por los astilleros y su adquisición por las empresas navieras con un descuento sobre el precio del buque. Para ello, intervenían como intermediarios una sociedad de leasing y una agrupación de interés económico (AIE).

El recurso planteado entonces por el Gobierno español y las sociedades Lico Leasins y Pequeños y Medianos Astilleros Sociedad de Reconversión (Pymar) derivó en una primera sentencia del Tribunal General, que en 2015 anuló la decisión de Bruselas.

Los jueces europeos dictaminaron entonces que la conclusión del Ejecutivo comunitario de que las ayudas podían "falsear la competencia y afectar a los intercambios comerciales" entre Estados miembros no estaba "suficientemente motivada".

Pero este fallo fue recurrido de nuevo por la Comisión Europea ante el TJUE, que en 2018 ordenó al Tribunal General revisar el caso al considerar que estaba basado en una "aplicación errónea" de las legislación comunitaria sobre ayudas de Estado.

En la sentencia de este miércoles, el Tribunal General ha desestimado los recursos presentados por los demandantes y ha avalado la decisión adoptada por Bruselas en 2013 que declaró ilegales estas ayudas fiscales y ordenó a España recuperarlas de sus beneficiarios.

La resolución todavía puede ser recurrida ante el Tribunal de Justicia de la UE, la instancia superior, en un plazo de dos meses y diez días a partir de la notificación.