En muchas ocasiones, una de las principales bazas que juegan los conductores infractores en estos recursos es atacar la fiabilidad de los dispositivos con los que se realizan estas pruebas, aunque esto no siempre funciona. Por ejemplo esto es lo que le ocurrió a un conductor que fue juzgado (en este caso se trató de una infracción que conllevaba reproche penal y no administrativo) por conducir bajo los efectos de bebidas alcohólicas.

El conductor fue interceptado al volante de su Seat Ibiza el 15 de julio de 2017 en la Nacional 550 a las siete de la madrugada a la altura del término municipal de Caldas y arrojó un grado de impregnación alcohólica muy elevado, de 0,68 y 0,70 miligramos de alcohol por litro de aire espirado en las dos pruebas realizadas. Es decir, por encima de los 0,60 que marca la diferencia entre una sanción administrativa y un delito.

Fue condenado a seis meses de multa con una cuota diaria de seis euros y a la retirada de carné por un año y un día. En su recurso, el conductor atacaba el certificado de verificación del etilómetro con el que se realizó la prueba, que según el aportado con el atestado estaba caducado desde hacía meses antes, pero la Audiencia Provincial no le da la razón y confirma la sentencia.

Y es que tal y como explica el tribunal de apelación, este certificado de verificación del aparato se aportó oportunamente antes del inicio del juicio dado que no estaba en el atestado por "un error de omisión" que fue subsanado conveniente, según los magistrados.