El Boletín Oficial de la Provincia publica la nueva ordenanza de Furanchos del Concello de Marín, que establece el comienzo de la temporada anual de funcionamiento de los furanchos el 1 de febrero y su final el 30 de junio de cada año. Excepcionalmente, el titular del furancho que quiera modificar este período de apertura deberá solicitarlo ante el ayuntamiento de forma motivada para cada año de actividad, pero nunca podrá ser mas allá del 31 de julio.

El período de apertura de los furanchos no podrá ser superior a los tres meses. Los solicitantes deberán presentar la declaración responsable previa o comunicación de renovación y demás documentación exigida, haciendo constar obligatoriamente el período de funcionamiento elegido para su furancho.

Los furanchos podrán abrir sus puertas al público para ejercer su actividad en horario de 12.00 a 00.00 horas. En las noches que van de viernes a sábado, de sábado a domingo, así como en las noches anteriores a los festivos, estos horarios se amplían una hora.

Tapas

Las tapas que se podrán ofrecer para acompañar al vino en los furanchos en Marín también están determinadas en la norma municipal. Pueden ser de orella, chorizo, tortilla, zorza o raxo, o empanada. Otras tapas a elegir son callos o costilla.

Las personas titulares de los furanchos deberán velar por el bueno estado general de las dependencias y por el mantenimiento de las instalaciones y servicios del furancho y garantizar un trato correcto a la clientela, informar previamente con objetividad y veracidad a clientela sobre el régimen de servicios que se ofertan en el local, las condiciones de prestación de estos y su precio y forma de pago. También deben tener a disposición de las personas usuarias hojas de reclamaciones y hacer entrega de un ejemplar cuando les sea solicitado, emitir justificante de pago que detalle los servicios, de conformidad con los precios ofertados o pactados y los locales exhibirán en un lugar visible el ramallo de laurel con el que tradicionalmente se identifican los furanchos.