Rocío Gondar, autora confesa de la muerte de Secundino Prego en su casa de Chancelas, Poio, en febrero de 2014, declaró en su alegato final que "quiero pedir perdón a la familia, aunque ya no sirva de nada". Tras reconocerse autora arrepentida del crimen, reprochó a su compañera de banquillo, Albertina Táboas, que "busque ahora excusas, porque estuvo pegada a mí en todo momento".

"Estoy muy arrepentida de lo que hice", ha sostenido antes de reiterar que no lo hizo sola y que la otra acusada, Albertina Táboas, la acompañó en todo momento de la acción que acabó con la vida de Secundino Prego, al que propinaron más de una veintena de golpes.

Albertina Táboas no quiso hacer uso de su turno de palabra en la última sesión de la vista oral, celebrada ayer en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra.

Con el alegato final de Rocío Gondar concluyó la vista oral del proceso, que continuará el próximo lunes, con la presentación al tribunal popular de las preguntas que deberá contestar para alcanzar su veredicto.

En la sesión de ayer la acusación particular elevó la petición de pena a 25 años para cada una de las acusadas (cinco años más que antes de iniciarse el juicio), además de la nulidad del testamento en el que la víctima hacía heredera a Albertina.

Para la acusación particular ambas serían culpables de un delito de asesinato, con las agravantes de alevosía, ensañamiento y recompensa, esta última al entender que el móvil del crimen fue económico.

La defensa de Albertina Táboas modificó la petición de absolución por una condena de 3 años de prisión por encubrimiento, al quedar demostrado a través de las llamadas al 112 y a la Guardia Civil que "ayudó a la responsable del crimen a eludir su responsabilidad fingiendo un robo". El letrado de la defensa admitió que Albertina "ayudó a la responsable del crimen a eludir su responsabilidad fingiendo un robo", según afirmó en la sala.

Por su parte, el abogado de Rocío ha pedido al jurado popular un veredicto de "no culpable" al entender que su cliente es "inimputable" al concurrir en este caso la eximente de haber actuado ante un "miedo insuperable" y en plena alteración mental como acreditan sus informes psiquiátricos. Si no acepta esa eximente, la defensa de la joven pide que se considere su trastorno de personalidad como un atenuante "muy cualificado", al que suma también el atenuante de haber confesado el crimen, tanto ante la Policía como en la vista oral, y haber colaborado con la justicia para esclarecer el caso.

Por su parte la fiscal, Carmen Novo, ha mantenido la petición de 20 años de prisión por un delito de asesinato, al entender que las dos mujeres que se sentaron en el banco de acusados de la Audiencia actuaron "por sorpresa y a traición", aprovechándose de la "confianza" que la víctima había depositado en ellas y provocando que Secundino "no pudiese defenderse en absoluto".

Ambas serían culpables, ha señalado en sus conclusiones la fiscal, de un delito de asesinato sobre el que concurren además las agravantes de alevosía, ensañamiento y recompensa, esta última al entender que el móvil del crimen fue económico.