Un vecino de Moraña de 55 años de edad, José Cardama Monteagudo, acaba de ser condenado por la Sección Segunda de la Audiencia de Pontevedra a una pena de dos años y un día de prisión como autor de un delito contra la salud pública por la venta de sustancias estupefacientes en la ciudad de Pontevedra.

Según recoge como hechos probados la sentencia del tribunal provincial, José Cardama fue detenido por agentes del Grupo Operativo de Tráfico Medio de la Policía Nacional de Pontevedra después de que los agentes hubieran observado una grabación de las cámaras de seguridad del centro comercial Carrefour de Pontevedra en la que identificaron al acusado como la persona que, a bordo de un vehículo, "hacía maniobras de manipulación y entrega de lo que parecían ser sustancias estupefacientes y recogida de dinero" de terceras personas que se iban acercando al vehículo.

Así, el 2 de mayo de 2011 los agentes desplegaron un operativo en torno a su domicilio en el lugar de Cortiñas, en Moraña, siéndole intervenidas varias bolsitas conteniendo pequeñas cantidades de cocaína, así como varios móviles y tarjetas SIM, anotaciones numéricas y de personas y una calculadora, entre otros efectos.

Los magistrados de la Sección Segunda llegan a la conclusión de que José Cardama iba a destinar esta sustancia a la venta a terceros, a pesar de que el acusado alegase en el juicio que era para su propio consumo. El tribunal indica que la dificultad para acceder al lugar del vehículo en el que los policías encontraron el estupefaciente, la existencia de las anotaciones alfanuméricas, su división en varias bolsitas de plástico, así como el hecho de que el acusado intentase huir marcha atrás con su coche cuando aparecieron los efectivos policiales, tumban este alegato.

No obstante, tienen en consideración al escasa cantidad de droga aprehendida y que el acusado es consumidor de sustancias estupefacientes de larga duración, con un primer intento de desintoxicación en el año 1994 y "varios posteriores, sin éxito". Por eso, rebaja la petición de cinco años que realiza el fiscal a los dos años y un día de prisión. El acusado es reincidente, puesto que ya fue condenado a otros dos años de prisión por un delito contra la salud pública el 25 del 11 de 2008. El fallo ya ha sido recurrido ante el Supremo.