La Audiencia Provincial de Ourense ha condenado a RC.R.R. a un año de prisión y multa de seis meses a razón de seis euros por día por un delito de atentado contra el edil y líder de Democracia Ourensana, Gonzalo Pérez Jácome.

El tribunal ve acreditado que el acusado esperó al concejal en la Praza Maior a la salida de un pleno que se celebraba en el Concello de Ourense el 10 de abril de 2015 y le golpeó con la mano en la cara y el oído al tiempo que le estampaba un huevo que llevaba. El edil había mantenido una postura contraria a la subvención municipal que recibía la Banda de Música y las manifestaciones realizadas por el líder de DO, dice la sentencia, "no habían gustado" al acusado, por lo que, "con ánimo de atentar contra la integridad física del mencionado y contra el principio de autoridad que representaba", le agredió con el huevo.

El juicio se celebró el pasado día 5 en la Audiencia de Ourense, con la ausencia del acusado, que no compareció. Su ausencia está amparada por la ley ya que la pena solicitada por la Fiscalía no excedía de los dos años de prisión, que finalmente se ha quedado en uno. La sentencia ha tenido en cuenta la declaración prestada por la víctima, "persistente en el tiempo, y debidamente corroborada", así como la prueba testifical y documental presentada. También la declaración prestada por el acusado en calidad de imputado durante la fase de instrucción, reproducida en el juicio, en la que admite "pero minimiza" el episodio. Este extremo, precisa la sentencia, "resulta contradicho por los medios de prueba ya referidos, que vienen a confirmar la existencia de una agresión, acción ésta que integra sin ninguna duda el acto de acometimiento que exige el delito de atentado".

La defensa había admitido en juicio el delito leve de lesiones pero no el de atentado, alegando que el acusado reside en la localidad pontevedresa de Oia y que, por lo tanto, desconocía que Gonzalo Pérez Jácome era concejal en el ayuntamiento ourensano. Este argumento, no obstante, ha sido descartado por el tribunal.

La sentencia, notificada hoy a las partes, impone también una multa de un mes más con la misma cuantía por un delito leve de lesiones. En concepto de responsabilidad civil, el fallo fija una indemnización a Pérez Jácome de 1.060 euros, 360 por los días de impedimento y 700 euros por la secuela de hipoacusia mínima.

La resolución no es firme, ya que todavía cabe la posibilidad de interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de cinco días.