El alcalde de A Merca (2.021 habitantes), Manuel Jorge Velo (PP) se sentó en el banquillo de acusados, ayer, por tardar años en ejecutar una orden de derribo de una casa unifamiliar ilegal, en un proceso que comenzó antes de que estuviera en el cargo, si bien contó con apercibimientos sucesivos, durante años, cuando ya era primer edil. Se enfrenta a 5 meses de inhabilitación.

"Nunca tuve la intención de desobedecer al tribunal, quería derribar", alegó el regidor en varias ocasiones ante el juez adscrito a los penales, Ricardo Pailos, que ayer celebró la vista en el juzgado Número 1. Manuel Velo sostuvo que siempre que lo pretendía se producían alegaciones de las partes y adujo que parte del retraso se debió a intentar que la familia afectada tuviera una alternativa y se evitaran "conflictos y alarma social" con los vecinos de la aldea de Corbillón. "Conseguimos que la familia saliera por su propio pie, sin violencia, manifestaciones o insultos". El regidor, que vive a unos 2 kilómetros de ahí, asegura haber sido increpado y víctima de amenazas de muerte. "Hubo momentos en que pasé miedo". No llegó a denunciar. Continúa en el cargo tras pedir la baja de la militancia del PP cuando se le abrió el juicio oral, tal y como fija el código ético del partido.

El contencioso judicial se inició en julio de 1996, cuando el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) dio la razón a una vecina, anulando el acuerdo municipal que legalizó las obras en la vivienda. En 1997 se requirió el derribo al entonces alcalde, Manuel Vázquez Outeiriño, con apercibimientos que continuaron en 1998. Del mismo modo, según el escrito de Fiscalía, se hizo una notificación personal al acusado, que ejercía de alcalde accidental, para que adoptara medidas de ejecución de la sentencia, bajo amenaza de una multa. "Conocía el contenido pero lo dejé para el alcalde". Cuando Velo actuaba de regidor ocasional "hacía lo del día a día y dejaba las cosas relevantes" para cuando el titular volviera de vacaciones.

El pleito continuó hasta que en 2004 el Tribunal Supremo rechazó la inejecutabilidad del derribo. Tras dicha resolución, la justicia requirió al alcalde el cumplimiento de la sentencia, con apercibimiento de que podría incurrir en un delito de desobediencia, el que al final lo ha llevado a sentarse en el banquillo. Entre 2005 y 2011, al alcalde acusado se le notificaron 5 órdenes de ejecución de sentencia, con apercibimiento de incurrir en responsabilidad penal y sufrir multas.

"¿Por qué no las atendió?", le preguntó la fiscal. "Siempre intenté derribar, pero las partes alegaban". La representante del ministerio público le recordó que en un auto del TSXG de 2005 especificaba que los recursos no suspendían. Tras varios requerimientos, "y en la misma línea dilatoria", a ojos de la Fiscalía, el gobierno de A Merca acordó autorizar el derribo en febrero de 2012. Pero dicha obra se basaba en el proyecto presentado por el particular, que no contemplaba el derribo de las obras, sino una demolición parcial y reforma. "Se acogían a la ley del suelo de 2003", adujo el alcalde, para intentar legalizar. La solución aprobada en pleno -e informada favorablemente en la comisión- fue anulada por la justicia en 2014, con otra resolución firme del Supremo. De nuevo, la justicia notificó al alcalde la orden.

El derribo se materializó finalmente entre febrero y julio de 2015. No pudo ser antes por falta de presupuesto del ayuntamiento, según el acusado, al representar la inversion de más de 20.000 euros "un 70 u 80%" de la partida disponible para ejecución de obras en un año. Del coste de la demolición se hizo cargo el concello. Hay escasas posibilidades de que recupere el dinero porque el propietario tiene pocos recursos económicos.

La fiscal acusa al político de querer acatar la orden tras saber que era investigado por la justicia, así como de desoír a la justicia a través de "maniobras dilatorias para no cumplir", pese a las "numerosas resoluciones" del TSXG y el Supremo. La representante del ministerio público censuró ayer en el juicio que "18 años no son necesarios para resolver una situación, independientemente de lo incómodo que resulte". Pide 5 meses de inhabilitación pública (Manuel Velo es funcionario de Correos, por lo que dicha pena podría afectarle), así como una multa de 700 euros.

La defensa aboga por la libre absolución. En el escenario de una condena por un delito -antes plantea que la imprudencia estaría despenalizada-, pide una rebaja por las atenuantes de reparación del daño y dilaciones indebidas, que la fiscal ya contempla en su escrito. Toda sentencia contraria conllevaría inhabilitación y, un solo día impuesto, obligaría al alcalde a dejar el cargo. La abogada, Beatriz Seijo, niega que existiera dolo, es decir, ánimo alguno de Manuel Velo de "burlar" la orden firme del tribunal. El caso quedó visto para sentencia. El juez decidirá si el regidor incurrió en un delito de desobediencia.