En un escrito de 28 de julio, el juez decano de Ourense, Leonardo Álvarez, formaliza su abstención como responsable de las diligencias penales contra el exalcalde Manuel Cabezas (PP) y dos de sus exediles en el conocido como caso del 10%, el que averigua un supuesto trato de favor a promotores por el hecho de que, entre 1999 y 2002, el Concello permitiera el aprovechamiento del 100% de suelo en sus proyectos privados sin reclamar la cesión de al menos el 10%. El magistrado se aparta como consecuencia de la investigación en la que está inmerso por una presunta prevaricación. La exconcejala de Urbanismo Áurea Soto (PSdeG) ejerce la acusación tanto en el caso contra el exregidor como en el sumario contra el juez que se tramita, dada su condición de aforado, en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

El titular de Instrucción Número Uno de Ourense eleva el escrito a la Audiencia Provincial, la instancia que debe tomar cuenta de su decisión de apartarse para aceptarla -como se espera-, de modo que el sustituto legal de Leonardo Álvarez continúe con la investigación del caso del 10%, al menos mientras el juez siga imputado.

El efecto encadenado de la renuncia del juez está fundamentado en el escrito donde Leonardo Álvarez consuma su paso a un lado. "Dirijo el presente escrito al objeto de poner en su conocimiento que instruyo las diligencias previas registradas con número 3764/14, en las que aparece en calidad de acusación Áurea Soto Vázquez, lo que me lleva a apartarme de la presente instrucción al concurrir como causa de abstención la recogida en el artículo 219.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial".

La norma establece que es causa de abstención de un magistrado "estar o haber sido denunciado o acusado por alguna de las partes como responsable de algún delito o falta, siempre que la denuncia o acusación hubieran dado lugar a la incoación de procedimiento penal y éste no hubiera terminado por sentencia absolutoria o acto de sobreseimiento". El propio juez decano explica que "en el momento actual he sido denunciado por Áurea Soto como presunto autor de un delito de falsedad documental / prevaricación, una denuncia que ha sido admitida a trámite por la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Galicia, causa en la que ya he declarado en calidad de investigado y que se encuentra en trámite".

La causa se para por ahora

La Audiencia Provincial decidirá si acepta la causa de abstención. Mientras tanto, la investigación sobre el 10 % que implica al exalcalde Manuel Cabezas queda suspendida, según dictamina un auto posterior al escrito del instructor.

A falta de confirmación es probable que la encargada de seguir la fase de instrucción sea la titular del Número 3 de Ourense, Eva Armesto. Asume las competencias en materia de Violencia de Género y entre sus casos más conocidos está el que mantiene imputados a José Manuel Baltar y a su padre y predecesor, por el presunto ofrecimiento de empleo por parte del primero a una mujer a cambio de sexo.

El caso contra Manuel Cabezas se reabrió por orden de la Audiencia después de que Leonardo Álvarez archivara inicialmente en marzo. El juez declaró prescrito el posible delito de prevaricación y no vio encaje para el de malversación. La Audiencia vio "prematuro" el sobreseimiento, "toda vez que no puede descartarse la posible conexidad delictiva entre el delito de malversación y el de prevaricación". Tanto Cabezas como dos de sus exediles de Urbanismo, Ricardo Campo Labrador y Julio Díaz Salcedo, volverán a verse imputados.

Soto es la única acusación, porque la Fiscalía solicita el archivo. La exedil denunció una presunta malversación de los gobiernos de Cabezas por "regalar" suelo al no haber exigido, entre 1999 y 2002, la cesión de al menos el 10% de los aprovechamientos privados. Soto aportó un informe del Consello de Contas que censuraba la gestión del ayuntamiento, y otro municipal que cifró en 1,6 millones de euros la cantidad que el Concello dejó de ingresar en varias promociones.

Manuel Cabezas declaró ante un juzgado en marzo como imputado, por primera vez, 9 años después de dejar el cargo. Usó en su defensa el acuerdo adoptado por un pleno de 1994 -gobernaba el socialista Manuel Veiga Pombo- que aprobó no exigir los aprovechamientos por falta de plan urbanístico adaptado. La decisión plenaria se adoptó tras el informe en ese sentido del secretario.