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Absuelta la acusada de tirar un cajón a su hija tras no declarar en el juicio ni ella ni su padre

La Fiscalía pedía un año y medio de prisión por unos hechos de 2014, pero la magistrada del Penal no ve pruebas para condenar

D. L. D., una mujer de 55 años de edad y vecina de Castrelo do Miño, se sentó en el banquillo esta semana por los presuntos malos tratos infligidos a su hija. La Fiscalía pedía un año y medio de cárcel, una condena de alejamiento, y acusó a la progenitora de llegar a tirar un cajón contra su hija, que esta pudo frenar con sus manos, durante una discusión. La magistrada del Penal Número Uno no ve pruebas y subraya que las declaraciones de la supuesta víctima y el padre no han sido "contundentes ni rotundas, apreciándose contradicciones esenciales en las mismas". Ni la hija ni su padre, testigo de la discusión, declararon en el juicio. Se acogieron a su derecho a no declarar, reduciendo la prueba de cargo.

Los dos progenitores estuvieron casados durante 30 años. Fruto de esa relación nació la supuesta víctima de estos hechos. En 2010 el matrimonio se divorció de mutuo acuerdo pero siguió conviviendo en el mismo domicilio de una aldea de Castrelo do Miño. La vivienda era una herencia del hombre pero la acusada consiguió ponerlo a su nombre hace unos años.

Tal y como considera probado la magistrada, las discusiones entre los antiguos cónyuges eran algo frecuente y casi siempre motivadas por disputas sobre la propiedad de la vivienda. La mujer consideraba que la casa era suya, y que su exmarido y su hija tenían que abandonarla.

Los hechos que llegaron a juicio se remontan al 28 de octubre de 2014. Según la versión de lo sucedido que defendía la acusación pública, la mujer se levantó de la cama y comenzó a dar portazos y a hacer mucho ruido. El estruendo despertó a su hija, al padre de esta y exmarido de la acusada.

La hija reprendió en ese momento a su madre por su comportamiento. La acusada habría reaccionado de forma agresiva a los comentarios de su vástaga. De acuerdo a la versión del ministerio público, se inició una discusión entre ambas en el transcurso de la cual la acusada cogió un cajón de una mesa de noche, lo vació y presuntamente intentó golpear a su hija con él. La joven lo paró con las manos sin que llegara a impactarle y el cajón cayó al suelo.

Sostenía la Fiscalía que, justo después de esos hechos, la progenitora agarró a su hija por los pelos y la zarandeó. Sufrió rasguños y un hematoma. Ante los gritos de la víctima, el padre intervino y se colocó entre ambas para separarlas. Presuntamente, D. L. D. arañó al hombre en el brazo derecho y en la cara. Padre e hija recibieron asistencia médica.

La juez dice en la sentencia que no hay pruebas para determinar cómo se produjeron las lesiones. La magistrada da como hechos probados que la hija se despertó al oír portazos y alboroto. Se levantó de la cama y comprobó que era su madre la que hacía tanto ruido, con la intención de que se fuera de casa junto a su padre. Al oír el estruendo, el progenitor también se levantó y acudió a mediar.

En el juicio celebrado esta semana, el progenitor y la hija, únicos testigos de los hechos, se acogieron a su derecho a no declarar. La acusada admitió en la vista que discutió con la supuesta víctima tras pedir a su exmarido que se marchara de casa. Dijo no recordar si había pegado a la joven o al hombre. Resuelve la juez del Penal Número Uno que "no concurre un mínimo de actividad probatoria de cargo que permita desvirtuar la presunción de inocencia".

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