El alcalde de Boborás, Cipriano Caamaño, asegura que no piensa recurrir la sentencia del TSXG, que anula parcialmente el PXOM de Boborás con motivo del recurso contencioso-administrativo presentado por los grupos de la oposición Move-Boborás y PSOE, así como por un particular. La sentencia señala que la delimitación del ámbito de núcleo rural de Almuzara no es conforme a Derecho, por lo que la anula.

Caamaño comenta que todo lo que se hace es una "intoxicación" y que esta sentencia no es contra el alcalde ni el Concello, y "yo no se si hay algo que arreglar y a quien le toca", y que "serán otros los que tengan que contestar a esta sentencia". Y es que explica que "nosotros no hicimos el PXOM, solo lo programamos y quien lo aprueba es la Xunta". Recuerda que el pleno municipal solo aprobó la propuesta del PXOM y a la Xunta le pareció bien ésta.

Señala que si el TSXG dice que este plan no es correcto se verá la forma de modificarlo, pero que con esta sentencia los dos grupos de la oposición solo consiguen perjudicar a los vecinos porque con este plan se otorgaron licencias de obra y si las construcciones no están terminadas ahora quedan paralizadas, al igual que las licencias en trámite y proyectos como la construcción en Boborás de viviendas, un tanatorio, el parque industrial.

Asimismo, el regidor critica que se diga que con esta sentencia se deja sin licencia la casa que edificó en Almuzara cuando en la propia sentencia no se menciona este inmueble, y asegura que "esta casa siempre será legal, y si me la quieren tirar me la tendrán que pagar".

Dice que él no piensa recurrir la sentencia, así como que ésta solo le da la razón a los demandantes de forma parcial, y que lo que en el fondo pretenden los ediles denunciantes es "inhabilitarme porque en las urnas no pueden", añadiendo que "ellos buscaban que yo fuera culpable de algo y no lo soy".

Destaca que no es una sentencia firme, pero que en principio "nosotros no vamos a recurrir nada", y que "ellos querían anular el PXOM entero, se centraban en un abuso de poder cometido en Almuzara que no hubo". En cuanto a que el TSXG resuelve que "la delimitación del ámbito de núcleo rural de Almuzara establecida por la Orden de 16 de septiembre de 2011 impugnada no es conforme a Derecho, y la anulamos", Caamaño señala que entonces "habrá que delimitar correctamente".