Faro de Vigo

Faro de Vigo

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

El Tribunal Supremo tumba definitivamente el parque industrial de Valga por "arbitrario"

La sentencia impide desarrollar 800.000 metros de suelo empresarial en las parroquias de Xanza y Setecoros - El Concello y la Xunta tendrán que pagar 4.000 euros de costas

Un grupo de vecinos afectados por el fallido polígono industrial de Xanza. // Iñaki Abella

Una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo anula definitivamente "las determinaciones que contiene" el Plan Xeral de Ordenación Municipal de Valga "referidas al suelo urbanizable industrial y a los sistemas de viales a él asociados". El fallo, un duro varapalo para el gobierno del popular José María Bello Maneiro, impide desarrollar el polígono industrial de 800.000 metros cuadrados que se proyectaba en las parroquias de Xanza y Setecoros, dando la razón a un grupo de vecinos de la zona que vienen insistiendo desde el año 2010 en que dicho parque empresarial es innecesario.

El Supremo desestima los recursos de casación del Concello y de la Xunta de Galicia y da por buena una sentencia anterior del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que destaca el "carácter totalmente injustificado de la creación de ese sector de suelo industrial, al no existir necesidad alguna de aumentar el ya existente". Porque de los 250.000 metros previstos en el anterior planeamiento para uso industrial "solo está ocupado el 30%" y no está "justificado" ni un nuevo suelo "con esa magnitud ni en ese emplazamiento". Teniendo en cuenta, sobre todo, que la oferta existente en municipios cercanos como Catoira y que los terrenos en los que se proyectaba el polígono son "de gran riqueza" y "potencialidad agrícola y forestal" . La reserva de esos 800.000 metros de suelo industrial, concluye el fallo, "carece de racionalidad e incurre en la arbitrariedad prohibida".

El Concello alegó en el recurso que "la administración goza de total libertad para determinar la forma en que ha de quedar ordenado el territorio", conllevando el planeamiento urbanístico "siempre una alta dosis de libertad de elección entre múltiples soluciones". Puso también en tela de juicio la valoración de la prueba por parte del TSXG, pero ambos argumentos son rechazados por el Supremo. Por una parte, los dictámenes periciales son "claros, rotundos y unánimes en la apreciación de que era completamente innecesaria la habilitación de suelo industrial nuevo en el municipio. Es "irracional", dice el presidente del tribunal, crear más suelo "cuando el ofrecido en el anterior planeamiento no ha sido ocupado sino en una mínima parte". Por otro lado, "no hay potestad alguna, ni urbanística ni de otra clase, que no deba subordinarse a la consecución del bien común y someterse a pautas de razonabilidad". Elementos como los valores de protección forestal del suelo "condicionan y limitan la discrecionalidad" de las administraciones a la hora de revisar o modificar el planeamiento.

El Tribunal Supremo anula, por tanto, de forma definitiva y sin que haya posibilidad de recurso el Plan Xeral de Valga en lo referido al suelo industrial. Además, impone al Concello y a la Xunta de Galicia las costas del procedimiento, limitándolas a la cantidad de 4.000 euros.

Compartir el artículo

stats