La comunidad de montes basa su reclamación judicial en el hecho de que los terrenos vecinales son inalienables. "Están fuera del mercado, no se pueden comprar ni vender y tampoco pueden ser enajenados a no ser por una expropiación o una permuta", señalan los vecinos. Esta naturaleza está reconocida en Galicia desde la Compilación de Derecho Civil de 1963, después refrendada por las leyes españolas en 1968. Esto no impidió que el Concello, dos años después, cediese este suelo al Estado para la construcción del hospital. No es la primera vez que los comuneros acuden a los tribunales para poner en cuestión estas cesiones de terreno y recuerdan que la jurisprudencia existente le está dando la razón a los vecinos.