El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) Melchior Wathelet ha propuesto dictaminar que el acuerdo de pesca entre la UE y Marruecos "no es válido" por aplicarse al Sáhara Occidental y a las aguas adyacentes, al tiempo que afirma que el bloque comunitario "incumplió su obligación de respetar el derecho del pueblo del Sáhara Occidental a la libre determinación". El pacto pesquero puede ser aprovechado por hasta cinco arrastreros, que utilizan las licencias para merluza.

La opinión del abogado general es un paso preliminar y no vinculante, aunque en la mayoría de los casos suelen marcar la dirección de las futuras sentencias del TJUE. El magistrado se pronuncia de esta forma sobre la cuestión planteada por el Tribunal Supremo de Reino Unido por la denuncia presentada por la organización Western Sahara Campaing (WSC).

El actual protocolo de Pesca entre Bruselas y Rabat entró en vigor en febrero de 2007 por cuatro años y ha sido renovado en dos ocasiones, la última en 2013, que no incluye posibilidades para los cefalopoderos gallegos. De hecho, la Comisión Europea pidió este lunes autorización a los Veintiocho para una nueva actualización.

En las conclusiones presentadas ayer, Wathelet destaca que el pueblo saharaui "no ha dispuesto libremente de sus recursos naturales" como obliga el derecho a la libre determinación, por lo que la explotación pesquera por parte de la UE de las aguas adyacentes al Sáhara Occidental "no respeta el derecho a la libre determinación del pueblo saharaui".

Del mismo modo, el abogado indica que Bruselas "ha faltado a su obligación de no reconocer la situación ilegal resultante de la vulneración por parte de Marruecos del derecho a la libre determinación" del Sáhara Occidental, así como "su obligación de no prestar ayuda o asistencia para el mantenimiento de dicha situación".

Wathelet señala que el 91,5% de las capturas previstas en el acuerdo se dan en aguas adyacentes al Sáhara Occidental, por lo que "la contrapartida financiera abonada por la UE a Marruecos debería beneficiar casi en exclusiva al pueblo del Sáhara occidental". Sin embargo, el magistrado añade que el protocolo "no recoge las garantías jurídicas que son necesarias para que la explotación pesquera redunde en beneficio" del pueblo saharaui.

En este sentido, concluye que "el acuerdo de pesca y los demás actos impugnados no respetan ni el principio de soberanía permanente sobre recursos naturales, ni las normas de Derecho internacional comunitario que son de aplicación a la celebración de acuerdos internacionales de explotación de los recursos naturales de los territorios ocupados, ni la obligación de no reconocer una situación ilegal".