El pasado junio una juez de Ourense dictaba una sentencia pionera en Galicia en la que, además de anular la cláusula suelo de una hipoteca, obligaba al banco a restituir al cliente todo el dinero que cobró de más desde la firma del contrato hipotecario. Un fallo que iba más allá que la ya famosa resolución del Tribunal Supremo -que declaraba nula esa cláusula por abusiva pero sin aplicar retroactividad- y al que siguieron otros de distintos juzgados de España, muchos también dando la razón a los afectados en su pretensión de que le devolviesen todas las cantidades abonadas a mayores, aunque otros contrarios a ello. En Vigo aún no se había dictado ninguna sentencia, pero la primera ya está al caer: el juez de lo Mercantil de la ciudad olívica valorará si procede o no restituir los 26.000 euros que un matrimonio vigués pagó de más durante casi 8 años por la aplicación del suelo en su hipoteca tras rechazar la pretensión de la demandada, NCG Banco, de que el caso se desestime. Este auto judicial fue notificado esta misma semana y el fallo se espera en cuestión de días.

El matrimonio suscribió en 2006 dos hipotecas por 400.000 euros en las que se les aplicó un suelo -tope de interés mínimo a pagar - de 4,25%: el valor actual del Euríbor, tras años en mínimos, es de 0,541, por lo que no se beneficiaron de las sucesivas bajadas. Fue en febrero de este año cuando formalizaron la demanda judicial solicitando la nulidad de la cláusula y la devolución de todo el dinero de más que abonaron por su aplicación, 26.000 euros. La eliminación de la cláusula ya la han logrado entremedias con arreglo a la sentencia del Supremo que establece la anulación de la misma con efectos desde el 9 de mayo para los usuarios de NovaGalicia, BBVA y Cajamar Caja Rural. Pero ese fallo no tiene efecto retroactivo, y lo que quieren estos afectados vigueses es recuperar todo lo abonado a mayores desde la formalización de la hipoteca.

Tras la audiencia previa celebrada en el juzgado Mercantil de Vigo hace dos semanas, los afectados han ganado una primera y pequeña batalla, pero no la definitiva. El banco solicitó la aplicación de la denominada excepción de cosa juzgada, amparándose en esa reciente resolución del Supremo. Pero el juez, en un auto judicial, rechaza esta pretensión al considerar "evidente" que no existe tal excepción. El magistrado argumenta que el fallo del Alto Tribunal, que resuelve un recurso de una demanda colectiva, "no contiene pronunciamiento alguno de restitución de cantidades de pleitos pendientes". Y aunque con arreglo a la decisión del Supremo el matrimonio ya no tiene suelo en su hipoteca, el juez entiende que debe resolverse en sentencia "una parte nuclear" de la "pretensión" de los demandantes, que es precisamente que se le devuelva todo lo abonado de más por la aplicación del suelo.

Esta resolución, la primera en Vigo, parece que será inminente. Y el criterio que se aplique será clave de cara a futuras demandas en la ciudad. En otros juzgados de Galicia y España hubo resoluciones contradictorias. Aunque muchos jueces dan la razón al cliente, otros estiman que no cabe el efecto retroactivo alegado.

Aunque en Vigo ya hubo resoluciones judiciales declarando cláusulas abusivas, todas ellas lo fueron en el marco de ejecuciones hipotecarias a efectos de hacer una nueva liquidación de la deuda con el banco, no para restituir dinero a afectados que no sufren el drama de los desahucios.