Tribunales
Un asesino machista ve su pena rebajada en ocho años al no demostrarse que sus hijas presenciaron los hechos
El Supremo elimina dos condenas de 4 años de prisión por lesiones psíquicas por cada una de las pequeñas, pese a que recibían terapia más de tres años después del crimen y una de ellas sufre mutismo
![El condenado, en el juicio por el asesinato de Maguette Mbeugou.](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/0bdccf34-20ef-4d26-bf10-12b0cc069e43_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg)
El condenado, en el juicio por el asesinato de Maguette Mbeugou. / EFE
Cristina Gallardo
"No está claramente establecido si la perturbación psíquica sufrida por las menores se debió a la percepción de los sonidos procedentes de la agresión mortal o al hecho de encontrarse abandonadas, solas en el domicilio, durante más de siete horas, sin que pueda excluirse esta posibilidad". Esta es la razón que esgrime la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo para rebajar en 8 años la pena de prisión -se le habían impuesto inicialmente 37 años y dos meses de cárcel- de Bara Ndiaye, de origen senegalés, quien asesinó a su esposa Maguette en septiembre de 2018 con hasta 83 cuchilladas y huyó del lugar dejando abandonadas a sus hijas de 2 y 4 años de edad. Las pequeñas pudieron ser socorridas siete horas después.
La condena fue impuesta en diciembre del pasado año por la Audiencia Provincial de Vizcaya, tras ser Ndiaye encontrado culpable, por un jurado popular, de los delitos de asesinato, abandono de menores, maltrato habitual y lesiones psíquicas a las pequeñas. Es esta última condena -cuatro años por cada delito- la que anula ahora el alto tribunal, por entender que, al no poder probarse si los problemas psíquicos proceden de haber presenciado el crimen o de su experiencia de abandono, deben quedar consumidos en este último delito, "lo que impide una condena autónoma por delitos de lesiones".
La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Miguel Colmenero, estima el recurso presentado por la defensa de Ndiaye, pese a que en la resolución condenatoria del pasado mes de diciembre se decía que las niñas seguían recibiendo terapia, más de tres años después de los hechos. Una de ellas presenta "afectación psicológica asociada a estrés postraumático, con relevante afectación cognitiva, emocional y conductual, de mal pronóstico", mientras que su hermana presentó "mutismo y otras afectaciones emocionales y comportamentales subsecuentes a estrés postraumático, con pronóstico incierto".
El condenado, que maltrataba a su esposa habitualmente según la sentencia de instancia, la asesinó en septiembre de 2018 mientras dormía en la sala de su vivienda que hacía de veces de dormitorio para la mujer y sus hijas. Le propinó al menos 83 cuchilladas y finalmente la degolló, dejando a las pequeñas solas y semidesnudas y utilizando una cuna de viaje para evitar que la puerta de la vivienda quedara cerrada. Siete horas después, los llantos de las niñas alertaron a una vecina, que acudió al lugar.
La resolución fijó también indemnizaciones de 390.000 cada hija y 110.000 euros, para el hermano de la fallecida, quien ejerció la acusación particular en el juicio y ha asumido la crianza de sus sobrinas, que devienen firmes con el fallo del Supremo.
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