Dos años y 11 meses de prisión. Es la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Pontevedra a David G.M., el joven de 27 años que en mayo de 2015 plantó fuego en el piso de alquiler donde residía con su compañera sentimental en la Travesía de Vigo, a la que además no podía acercarse por una orden de alejamiento derivada de una condena de maltrato. La Sección Cuarta lo ve autor de un delito de quebrantamiento de condena y otro de incendio con riesgo para las personas de menor entidad. Además de cárcel, le sentencia a 5 años de libertad vigilada y a indemnizar a una compañía de seguros con 9.195 euros por los daños en la vivienda. El tribunal, que lo absuelve de otro delito de coacciones leves contra la mujer, le aprecia una eximente incompleta de alteración psíquica y la agravante de reincidencia en el quebrantamiento. Dado que lleva casi dos años y medio en prisión provisional, lo que le computa, la Audiencia también decretó ayer su puesta en libertad por esta causa.

Ocurrió en 2015. Pese a que una orden de alejamiento se lo impedía, el joven estuvo viviendo con su pareja en la vivienda que la chica tenía alquilada en un edificio de Travesía de Vigo. El incendio fue la madrugada del 1 de mayo, cuando David apiló ropa, zapatos y objetos de aseo en la bañera y, con un mechero, prendió fuego a los enseres. El tribunal dice que "una vez se produjo la combustión", abandonó la casa, dejando en ella a su novia, "y se fue a buscar droga sin importarle que el fuego se pudiera propagar". Cuando regresó, muchos vecinos del inmueble estaban ya en la calle y otros saliendo de sus pisos.

El fuego causó el estallido de la mampara de la bañera y del espejo. Además, causó "una importante cantidad de humo denso y tóxico" que afectó a esa vivienda y alcanzó a los pisos superiores, lo que obligó al desalojo del edificio. Fue una vecina, alertada por el olor a humo, la que avisó a Policía y bomberos. Tras su arresto, el joven tuvo que ser asistido por un cuadro de agitación psicomotriz. En relación con esto, la sentencia ahonda en que el condenado está diagnosticado de un trastorno límite de personalidad y otro de dependencia a cocaína y otras sustancias. Cuando ocurrieron los hechos, tenía "notablemente mermadas" sus capacidades intelectivas y volitivas. En el delito de incendio el fallo aprecia "la menor entidad del peligro causado para las personas y la ausencia de propagación del fuego a otras viviendas del edificio".