Dos vigueses y un portugués han sido condenados por penas que suman más de 12 años de prisión por traficar con grandes cantidades de cocaína. según una sentencia de la Sección Quinta de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo. Uno de ellos se trata de Rubén C.C., un campeón de mountain bike, que el día del juicio declaró que consumía cocaína, pero que no se dedicaba a su venta.

El texto considera probado que la labor investigadora de la Policía Nacional permitió constatar que el campeón de mountain bike se dedicaba a la venta de cocaína y que, desde octubre de 2015, suministraba droga de manera regular a otro de los acusados, el portugués Luis Silverio A. C.

Ambos concertaron un encuentro en el que participó el tercer encausado, el vigués Anxo P.S., para consumar una entrega de cocaína.

La Policía, continua el fallo, organizó un dispositivo policial para poder frustrar la entrega y, tras la misma, procedió a la detención en Vigo de Luis Silverio A. C., que portaba el paquete que le habían entregado los otros acusados.

Este contenía más de 118 gramos de cocaína con un precio en el mercado ilícito cercano a los 10.000 euros.

Igualmente le fueron ocupadas nueve papelinas por un valor total de más de 1.000 euros y otros instrumentos "utilizados para la comisión del delito", como varios teléfonos móviles y dinero en efectivo.

Durante la detención de los otros dos encausados y los registros practicados en sus viviendas se localizaron, además, "efectos e instrumentos directamente relacionados con su actividad ilícita", entre ellos una pistola Taser, teléfonos móviles y un arma de fogueo.

La sala ha desestimado, a la hora de emitir la sentencia, la cuestión de nulidad de las intervenciones telefónicas planteada por la defensa de Rubén C.C y ha considerado que estuvo "fundamentada".

La Audiencia de Pontevedra ha considerado que este hombre "soportaba gastos incompatibles con los ingresos legales declarados".

Así, ha condenado a dos de ellos, Rubén C.C y Luis Silverio A. C., a sendas penas de cuatro años y siete meses de prisión y al pago de una multa de 20.000 euros; mientras que Anxo P.S. lo ha condenado a tres años y seis meses de prisión y al abono de una multa de 15.000 euros.

Todos ellos han sido declarados autores de un delito contra la salud pública en la modalidad de sustancias que causan grave daño.

La resolución no es firme y contra la misma cabe interponer un recurso ante la sala segunda del Tribunal Supremo en el plazo de cinco días.