La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo rebajó la condena a cinco de los 17 sentenciados por el alijo de casi 3.000 kilos de cocaína procedentes de Venezuela en el buque Riptide, interceptado en mayo de 2013 en aguas del Atlántico. El fallo recurrido fue emitido por la Sección Quinta de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, en diciembre de 2015.

Entre los beneficiados por la sentencia del Alto Tribunal están el vecino de Sanxenxo Antonio Carballa Magdalena y el vilanovés José Luis Viñas Morgade que ahora son condenados como "cómplices" en lugar de "autores" de un delito contra la salud pública por lo que rebajan su pena en tres años y sólo deberán cumplir "siete años de prisión y a dos multas de 150 millones de euros (la sección Quinta de la Audiencia en Vigo les impuso 800 millones de euros). También se benefician de la casación los acusados Nelson Beltrán Cejuela y Luis Miguel Iglesias Vila, que pasan a ser considerados "coautores del delito contra la salud pública de tráfico de cocaína en la modalidad de extrema gravedad en grado de tentativa, a la pena, a cada uno de ellos, de 4 años y 6 meses de prisión y dos multas de 100 millones".

Asimismo se reducen las penas de inhabilitación absoluta por la de inhabilitación especial durante el tiempo de la condena a Rogelio Collado Cespón, Juan Marcos Vigo Fernández, Juan Domingo Covelo, Iván Méndez López, Rafael Couto Oubiña y los cinco tripulantes indios del Riptide.

La operación en alta mar fue dirigida por el buque de Vigilancia Aduanera Petrel. A las 2.45 horas del 29 de mayo de 2013 interceptaron el Riptide en cuyo interior hallaron 113 fardos que contenían 2.954 kilos de cocaína con una pureza del 71,22% que hubieran podido alcanzar en el mercado ilícito el precio de 295.058.721,02 euros. En la sentencia recurrida se condenó a 17 de los 18 procesados tras un acuerdo del vilagarciano Marcos Vigo Fernández quien decidió colaborar con la Justicia para obtener los beneficios judiciales que corresponden a los arrepentidos. De hecho, por esta actitud y aunque en la sentencia se le considera el cabecilla de la operación, Vigo tuvo una menor condena que aquellos que no reconocieron su participación en los hechos, entre ellos Carballa y Vilas.

En concreto, Marcos Vigo fue condenado a nueve años de prisión y sendas multas de 800 millones de euros, mientras que los dos anteriores habían sido sentenciados a diez, con la misma multa que el responsable de la organización criminal. Estos dos acusados, que son los principales beneficiados de la casación, verán muy mejorada su situación procesal tras pasar de ser considerados autores a cómplices de un delito contra la salud pública, y de hecho podrían tener próxima la salida de prisión al llevar cuatro años en situación de preventivos, por lo que solo les quedan tres por cumplir.

El Supremo tuvo en cuenta para la rebaja de la condena que Carballa Magdalena y José Luis Viñas habrían intervenido "en la operación de transporte con anterioridad a que el barco con la droga realizara la travesía desde Sudamérica a España con destino a las costas gallegas". E insiste en que Carballa "ayudó, sin duda, al principal acusado, Marcos Vigo, a encontrar desde un primer momento un grupo que se hiciera cargo de la sustancia estupefaciente y la transportara desde un punto del Océano Atlántico hasta España, de modo que se pudiera descargar la cocaína en altamar para poder materializar su entrega en Galicia a los acusados Rodríguez Camesella e Iglesias Cumplido con el fin de que la distribuyeran".

Sobre la complicidad

Éste es el principal argumento para que entiendan que existe complicidad con Marcos Vigo "por su participación accidental y secundaria", un papel que califican de "auxiliar del autor, que contribuye a la producción del fenómeno delictivo".

E insiste el Supremo: "El cómplice es un auxiliar eficaz y consciente de los planes y actos de los ejecutores materiales, y lo hace de una manera facilitadora pero no nuclear y esencial". En este sentido, la Sala hace hincapié en que Morgade se limitó a poner en contacto a Marcos Vigo "con los integrantes del grupo de los acusados Rodríguez Camesella e Iglesias Cumplido", que en definitiva eran los propietarios del velero Pixapo que se averió en Aveiro (Portugal) y que en principio era el que iba a transportar a las costas gallegas la droga del Riptide.

Agregan que Morgade y Viñas acompañaron a Marcos Vigo "en las idas y venidas que éste hizo el 22 de mayo". Y agrega que, en estos casos, "se limitó a realizar una especie de labor de protección del acusado Marcos Vigo mientras que éste realizaba llamadas relevantes a Venezuela para contactar con los remitentes de la cocaína para España".