La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por el juez José Antonio Vázquez Taín contra una sanción de advertencia que se le impuso por una falta leve, en relación a unas declaraciones que el magistrado realizó sobre el crimen de Asunta Basterra, cuando estaba instruyendo esta causa, por la que permanecen en prisión los padres adoptivos de la niña a la espera de juicio.

La sentencia del Supremo cree que las declaraciones de Vázquez Taín fueron "desafortunadas" y "alcanzaron los límites de lo claramente incorrecto" y alerta de que "no se justifica realizar bromas de mal gusto" relacionadas con un asunto del que era juez instructor.

El escrito resalta además de lo improcedente de sus expresiones, su carácter innecesario y su falta de oportunidad. Subraya también que el hecho de que hicieran reír al auditorio es algo incompatible con la discreción y prudencia que debe impregnar la labor de todo juez instructor, "que tiene encomendada como misión la protección y defensa de las víctimas ".