El juicio contra la mayor trama de blanqueo de capitales procedentes del narcotráfico en Vigo, que la Fiscalía fijó en 20 millones de euros, ya tiene sentencia. Ocho meses después de la celebración del juicio, la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en la ciudad olívica, ha condenado a penas que suman 50 años de prisión y multas por importe de 168 millones de euros a la red de Juan Carlos González Martín, Culebra. De los 13 procesados, entre los que se encuentran familiares y testaferros del cabecilla, el tribunal sólo absuelve a una mujer, Fátima S.M. La sala establece asimismo el comiso definitivo del millonario patrimonio intervenido -formado por joyas, obras de arte, dinero en efectivo, locales comerciales, solares, pisos, chalés, coches de lujo y embarcaciones- para su cesión al fondo del Plan Nacional de Lucha contra la Droga. La sentencia concluye que no había ingresos para las inversiones millonarias ni los grandes manejos en efectivo que se realizaron. No es firme y previsiblemente será recurrida ante el Tribunal Supremo ya que no acepta ninguna de las nulidades procesales ni argumentos planteados por las defensas.

La mayor pena, de 6 años de prisión y 56 millones de multa, recae en Juan Carlos González Martín, que en la actualidad tiene 76 años de edad. A su mujer, Nieves Domínguez Elexpuru y a los hijos del matrimonio, Juan Carlos, Alejandro y Ana Isabel, la sala les impone 5 años de cárcel y multas entre 20 y 30 millones a cada uno. El resto de los condenados son Elena Muñoz Domínguez y Paula Fernández Muñoz, sobrinas de Culebra (4 años de cárcel y sanción de 345.000 y 356.000 respectivamente); Margarita Martínez Sánchez, expareja sentimental de González Martín y María Pilar López Castro (4 años de prisión y multa de 250.000 euros cada una); el empresario Alfonso Collazo Aparicio, titular de un astillero en Moaña (4 años de prisión y 520.000 euros); Gustavo Fermín Piñeiro Corrales (3 años y medio de cárcel y 200.000 euros) y el promotor Carlos Rocha Portela. Éste último recibe la condena más baja, seis meses de prisión, al considerar el tribunal que el delito de blanqueo de capitales que cometió es por imprudencia grave, si bien la multa se eleva en su caso a 9.880.000 euros, la cantidad que se considera probado que invirtió Culebra en sus empresas.

La sentencia, notificada ayer, rechaza el argumento de las defensas, que no negaron el gran patrimonio de sus clientes pero sostuvieron que no procedía del narcotráfico. "Es una familia de millonarios y eran defraudadores; pero la fortuna no tiene origen en las drogas", afirmaron en el juicio. La sala destaca la desproporción de ingresos de la familia González Martín con sus bienes. El Culebra, un pensionista que apenas cotizó a la Seguridad Social, y su mujer, que nunca lo hizo, se hicieron con numerosos bienes, joyas y obras de arte pese a las exiguas cantidades declaradas a Hacienda.

Tesis de la Fiscalía

El fallo asume la tesis del fiscal Antidroga, Luis Uriarte, y considera que Culebra, su mujer y sus hijos "con plena conciencia del origen ilícito del dinero y de su actividad han consentido en figurar como titulares de sociedades o comunidades de bienes y de diversas cuentas bancarias que Juan Carlos González Martín obtuvo de su actividad de narcotráfico o de sus posteriores transformaciones". Así, el tribunal incide en que el líder de la red, condenado por un delito contra la salud pública en 1997 y al que además "le constan detenciones policiales en investigaciones relacionadas con el narcotráfico", creó una serie de sociedades utilizando personas interpuestas con el propósito de evitar que el producto de sus operaciones ilícitas figurara a su nombre, posibilitando de esta forma "su entrada en el tráfico mercantil, ocultación y transformación, para conseguir con ello crear una apariencia de licitud de los ingresos de ilícita procedencia".

Los magistrados se permiten la licencia de emular a los clásicos para incidir en que "el ritmo de creación de sociedades y la cadencia contractual, convertía a las sociedades en entes generadores de transacciones y contratos que aparecían y desaparecían, como en una agitada trama teatral". Una realidad "que se refleja en el manejo continuo de importantísimas cantidades de dinero". La sentencia apunta que ninguno de los implicados "ha conseguido acreditar que su origen era lícito y procedía de transacciones mercantiles".

En cuanto al argumento de Culebra en la vista oral, que alegó que el origen de su fortuna radicaba en la explotación de bingos en Portugal entre 1989 y 1997, por lo que recibía dinero en metálico y lo guardaba en una caja fuerte -unas ganancias que cifró en 15 millones de euros por los que pagó a Hacienda-, el tribunal indica que lo cierto es que "no ha tributado nunca en Portugal", donde no existen datos fiscales suyos, por lo que no puede afirmarse que el dinero proceda de sus actividades económicas en dicho país. Tampoco ha demostrado, según el fallo, que ganara dinero con la explotación y la venta de un barco pesquero.

La Sección Quinta estima que "sería totalmente posible" que González Martín hubiese probado documentalmente los grandes beneficios, pero "nada se acreditó". Aunque refiere que la acusación está obligada a probar fehacientemente los hechos que imputa, "corresponde a las defensas la prueba de otros extremos, sobre todo la licitud de la fuentes del patrimonio de los acusados".

También cuestiona el tribunal el informe del perito de parte Carlos Mantilla, pues la discusión judicial se centra en el origen del patrimonio de la familia del líder de la red, no en sus ingresos. Tilda de "simples estimaciones con muy poco rigor científico" el estudio, así como el cuadro en el que se recoge la renta y el ahorro.

Los ingresos que la Audiencia ve lícitos de la familia González Martín, a tenor de pruebas aportadas en el juicio, no casan con la vida de lujo e inversiones de la que disfrutaron durante décadas. Además de coches de alta gama, chalés, pisos y locales comerciales, en la Operación Malpolón se intervinieron piedras preciosas y obras de arte. Mención aparte merecen los regalos a algunos familiares por parte de Culebra, como viajes a Viena al concierto de Año Nuevo, o su propia asistencia a carreras de Fórmula Uno en Italia (Ímola y Monza) y en Barcelona. El tribunal considera, además, que él aportó el dinero para la compra de pisos de sus sobrinas, también condenadas.