La Sección Quinta de la Audiencia con sede en Vigo ha condenado a penas que suman 45 años y cuatro meses de prisión a los 13 acusados de formar parte, directa o indirectamente, de una red que traficaba con cocaína y hachís en Vigo y alrededores y que realizó varios envíos de droga a Canarias a través de "mulas" que viajaban en avión con la droga en su organismo. El fiscal, que inicialmente pedía un total de 113 años de cárcel, modificó sus conclusiones y rebajó a la mitad sus peticiones al reconocer los hechos los acusados durante el juicio celebrado en noviembre.

La pena más elevada, 7 años de cárcel y 650.000 euros de multa, se impone al cabecilla de la organización criminal, Castor Cuiñas Martínez, alias "Gordo", que trasladó su domicilio de Pontevedra a Vigo cuando supo que las fuerzas antidroga le vigilaban. Su lugarteniente Julio César Durán Gardón, quien realizaba hacía los giros postales con los pagos, es condenado a 6 años y 6 meses de prisión y multa de 60.000 euros. También como integrantes de esta organización se condena a Daniel Ángel Solla y a Vicente López a 3 años de cárcel y multa de 10.000 euros cada uno.

Los vigueses Carmelo Carrasco Fernández y Constantino Piñeiro, que admitieron ser los receptores de la cocaína en canarias, son condenados también a 3 años de prisión multas de 10.000 y 9.000 euros respectivamente, igual que Carlos Villar . La Audiencia sostiene que todos ellos formaban parte de un grupo criminal dedicado al tráfico de drogas "con cierta estabilidad, distribución de funciones específicas y carácter jerarquizado", pero a petición del Ministerio Fiscal les aplica la apena mínima por este delito: 6 meses.

El tribunal condena también por delitos contra la salud pública en la modalidad que causan grave daño a la salud, aunque sin pertenencia a organización criminal, a Marcos Fandiño, propietario del pub La Mazmorra de Pontevedra cuya empleada Rocío V.F. y su expareja Alejandro T.A. reconocieron vender droga al menudeo, por lo que se les condena a 2 años de prisión. También 2 años se impone a Ismael F.P. y 3 años a Enrique Alfonso Tieso.

La Audiencia no aplica la atenuante de drogadicción que pedían las defensas al no creer suficientemente acreditada la circunstancia atenuante de "grave adicción" a las drogas de los encuasados alegada por las defensas, que previsiblemente recurrirán la sentencia. La red, dedicada a la distribución de heroína y hachís, fue desarticulada en 2008 en la denominada Operación Parrulo dirigida por la magistrada de Instrucción 3, Marisol López.